El reto judicial que plantea el fallo de la Corte IDH en el caso de Saulo Arboleda: ¿cómo revisar las condenas de los aforados?

Corte Suprema de Justicia.

Crédito: Colprensa.

26 Noviembre 2024 07:11 am

El reto judicial que plantea el fallo de la Corte IDH en el caso de Saulo Arboleda: ¿cómo revisar las condenas de los aforados?

La Corte Interamericana de Derechos Humanos ordenó al Estado colombiano permitir que se revise la condena emitida contra Saulo Arboleda en 2000, ya que esta fue de única instancia. El fallo implica un reto enorme para el país y abre la puerta a que otros condenados pidan lo mismo. La Corte Suprema tendrá una reunión al respecto este miércoles. Les contamos qué está en juego.

Por: Alejandra Bonilla Mora

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La Corte Interamericana de Derechos Humanos, Corte IDH, emitió una sentencia histórica que representa un reto enorme para el país en materia de justicia en relación con las sentencias que ha emitido la Corte Suprema de Justicia desde el año 2000 en contra de aforados, es decir, ministros, congresistas, gobernadores, generales, entre otros.

¿Por qué? La Corte IDH ordenó al Estado colombiano garantizar una forma para que se pueda revisar la sentencia condenatoria dictada en el año 2000 en contra del exministro de Comunicaciones Saulo Arboleda por el escándalo del 'miti-miti'. Esa sentencia se dictó en única instancia porque esas eran las reglas que existían en ese momento y la doble instancia solo fue creada por reforma legislativa en 2018.

Pero la Convención Americana de Derechos Humanos (CADH), que es de 1969, tiene consagrada una garantía en su artículo 8.2.h que señala la existencia del "derecho de recurrir el fallo ante juez o tribunal superior”. Es decir, que una persona tiene derecho tanto a la doble instancia, a ser investigada y juzgada en dos instancias. A esto se suma que una persona tiene derecho a la doble conformidad, es decir, a que la sentencia condenatoria que ha sido dictada por primera vez también sea revisada por un superior jerárquico.

De manera progresiva, en Colombia se han venido dando las condiciones para garantizar estos derechos. Por orden de la Corte Constitucional, la Sala Penal de la Corte Suprema dividió a las personas dedicadas a hacer investigación de los que hacen el juzgamiento y así funcionó hasta 2018, cuando se creó la doble instancia para los aforados.

El exministro de Agricultura Andrés Felipe Arias fue el primero en insistir que su condena de 2014, dictada en única instancia, debía ser revisada. Su caso motivó una larga disputa que terminó en que la Corte Constitucional le dio la razón y, con ello, tanto Arias como otros procesados sentenciados desde 2014 pudieron acudir ante la Corte Suprema.

La Corte Suprema permitió que condenados pudieran presentar impugnaciones y así, la Sala Penal volvió a revisar los casos de cientos de personas. Por esa vía, fue ratificado en 2023 el fallo de 17 años de prisión en contra de Arias.

¿Cómo se cumpliría la sentencia?

Ahora, la sentencia de la Corte IDH en el caso de Saulo Arboleda ordena que un fallo del año 2000 sea revisado. La gran pregunta ahora es cómo podría hacerse esta revisión y qué implicaciones tiene esta sentencia que les abre la puerta a que todas las personas condenadas desde 2000, como Arboleda, exijan la misma posibilidad.

La condena dice que Colombia tiene un año para "adoptar las medidas necesarias para garantizar el derecho a recurrir el fallo condenatorio, adoptando un mecanismo que permita llevar a cabo una revisión amplia de la sentencia dictada en contra del señor Arboleda y de la condena que esta impuso, en coherencia con la garantía del derecho a recurrir el fallo condenatorio".

La pregunta sobre cómo cumplir esta sentencia de la Corte IDH tiene muchos matices. En el caso de Arias, la revisión permitió una decisión de la justicia interna, de la Corte Constitucional. En el caso de Arboleda estamos hablando de una sentencia de un organismo internacional.

En el caso de la sentencia de la Corte IDH sobre Gustavo Petro, que dice que solo un juez penal puede afectar derechos políticos de un elegido por voto popular, la Corte Constitucional trazó una línea en 2023: dijo que los fallos de la Corte IDH no se aplican de forma automática, sino que deben armonizarse con la justicia interna. Así, es posible preguntarse si la forma para cumplir este fallo tiene que pasar primero por el Congreso de la República. 

Una fuente que conoce a fondo el Sistema Interamericano de Derechos Humanos le dijo a CAMBIO que, en Costa Rica, se optó por emitir una ley que reglamentó el trámite. En Colombia la vía podría ser tanto la vía legislativa, como que la Corte Suprema mediante un auto o mediante la modificación de su reglamento, expida esas reglas y así, tanto Arboleda como cualquier condenado desde 2000, pueda presentar la impugnación de sus casos.

¿Qué mecanismo podría diseñarse?

¿A qué mecanismo se refiere? Por lo que ya se hizo con Arias Leyva, la vía sería la impugnación. Es decir, que la Corte Suprema de Justicia examine la condena contra Arboleda bajo el derecho a la doble conformidad. No sería una apelación propiamente hablando.

Como se hizo en el caso de Arias, esto no reabriría el caso, ni los términos del mismo y, por ello, no habría posibilidad de que los hechos, que son de hace más de dos décadas, prescriban. Esa es una posibilidad. Pero no todo el mundo está de acuerdo con esta vía, pues expertos consideran que la garantía de doble instancia debió ser –desde siempre– para todos, y por eso debería tratarse de una apelación, que resuelva una entidad diferente a la que emitió la primera condena. 

Esta tesis es compleja porque la Sala Penal de la Corte Suprema no tiene un superior jerárquico y esa fue la Sala que emitió la sentencia contra Arboleda y la misma Sala que dictó las más de 80 condenas por parapolítica que se emitieron desde el año 2007. Así se trate de magistrados diferentes, la Sala no tiene un superior.

Para el abogado Víctor Mosquera, quien ha sido defensor de Andrés Felipe Arias, es importante que ahora el plazo para recurrir estas decisiones se remonte a 2000.

"Esto va a generar que las sentencias en única instancia puedan ser recurridas. Tanto el Comité de Derechos Humanos de la ONU como la Corte IDH han establecido que debe garantizarse una verdadera instancia para acudir a la garantía de este derecho. Lo que se hizo por parte de la Corte Suprema fue básicamente un recurso de impugnación que es frente a la misma instancia de decisión y esto sigue contradiciendo lo que estableció el Comité, de que se debe garantizar la doble instancia que se debe acudir a un superior", dijo.

El abogado Iván Cancino, por su parte, asegura que la sentencia abre la puerta para otros condenados desde el año 2000, sin que esto sea inmediato.

"A menos que el Congreso haga una modificación en la ley, a cada persona le tocará hacer sus manifestaciones frente a la Jurisdicción respectiva a ver qué logra. Pero sí abre una puerta. Ahora, estoy absolutamente seguro, porque así ha pasado con otras decisiones, es que no va a afectar la prescripción. No pueden las partes salir a decir que le habilitan los términos y que la conducta ya está prescrita", dijo.

Otra fuente explicó que otra opción es que uno de los condenados desde 2000, como por ejemplo uno de los condenados por parapolítica, decida acudir a una tutela y que el caso eventualmente llegue a la Corte Constitucional y que sea ese alto tribunal el que disponga qué hacer para cumplir este fallo de la Corte IDH.

Lo que sí es cierto es que la sentencia internacional es un reto enorme para el país y para la administración de justicia. Algunos expertos, incluso, la cuestionan, alegando que se desconoce la legitimidad de la Corte Suprema de Justicia que actuó en derecho y emitió las sentencias bajo las reglas que regían en ese momento.

El abogado Francisco Bernate le dijo a CAMBIO que esta "condena era absolutamente previsible, pues desde la Constitución Política de Colombia se cometió el error de no prever una doble instancia para los procesos de aforados".

"La situación ahora va a ser bastante caótica en tanto que se tendrán que revisar los procesos donde no se haya garantizado una doble instancia, desde la entrada en vigencia de la Convención Interamericana de Derechos Humanos. Esto implica dos grandes desafíos: se debe habilitar el espacio para que todos los condenados por la Corte Suprema puedan apelar sus condenas", señaló.

La Sala Penal de la Corte Suprema se reunirá este miércoles para discutir la sentencia de la Corte IDH y se espera que emita un pronunciamiento.

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