¿Hasta cuándo hay plazo para que un congresista renuncie si quiere participar en las elecciones de octubre?
2 Enero 2023

¿Hasta cuándo hay plazo para que un congresista renuncie si quiere participar en las elecciones de octubre?

Crédito: Colprensa

¿Un año?, ¿seis meses? La renuncia de Gustavo Bolívar y Yamil Arana al Congreso en las últimas horas de 2022 ha hecho revivir la duda sobre hasta cuándo un congresista puede ocupar la curul si quiere competir en las elecciones de octubre.

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Gustavo Bolívar, exsenador por el Pacto Histórico, y Yamil Arana, exrepresentante a la Cámara por el Partido Conservador, esperaron hasta los últimos días del 2022 para renunciar al Congreso apenas seis meses después de haberse posesionado en sus respectivas curules.

Aunque Bolívar no argumentó que la razón principal de su renuncia es la de aspirar a un cargo de elección popular en octubre próximo, como sí lo hizo Arana, tampoco descartó la posibilidad de que su nombre esté en el tarjetón para la Alcaldía de Bogotá en representación de su fuerza política.

La renuncia de Gustavo Bolívar, hombre cercano al presidente Petro, desató una fuerte polémica incluso dentro del mismo Pacto Histórico. El representante Agmeth Escaf cuestionó al exsenador –sin mencionarlo– a través de su cuenta de Twitter, diciendo que no era coherente haber pedido reducción de sueldo a los congresistas para después renunciar al cargo argumentando "que el sueldo no le alcanza".

Gustavo Bolívar ya había anunciado intenciones de renunciar al Congreso hace unos meses, diciendo que necesitaba enfocarse en salir de sus deudas con la Dian y retomar su lucrativa carrera como escritor de telenovelas.

Sin embargo, otra de las reacciones polémicas a la renuncia de Bolívar fue la del senador por el Centro Democrático, Miguel Uribe Turbay, quien dijo que "afortunadamente" el exsenador no podrá participar en las elecciones territoriales de este año al estar inhabilitado pues, según Uribe, Bolívar tenía que renunciar en octubre de 2022,  a un año de la jornada electoral. Pero, ¿qué tan cierto es eso?

El plazo límite para renunciar

La discusiones sobre con cuánta anticipación debe renunciar un congresista, concejal, diputado, alcalde o gobernador para aspirar a otro cargo de elección popular no es nueva y sigue siendo confusa incluso para los mismos interesados. Por ejemplo, el 11 de octubre de 2022, Rodolfo Hernández también renunció al Senado por cuenta de sus aspiraciones electorales. El excandidato presidencial decidió dejar la curul el 25 de octubre, un año y cinco días antes de la jornada electoral de octubre, para evitar una supuesta inhabilidad. Lo mismo hizo el representante Berner Zambrano, quien renunció el 19 de octubre y aspira a la Gobernación de Nariño.

Sin embargo, ese plazo de un año antes de la elección no es del todo preciso. Lo primero a tener en cuenta es que, si bien los congresistas son funcionarios públicos, no son empleados públicos. Lo mismo ocurre con concejales y diputados. Por ejemplo, el Departamento Administrativo de la Función Pública, en el concepto 057881 de 2021, aclara que un diputado "no es titular de autoridad civil, política y dirección administrativa", por lo que no es necesario que renuncie doce meses antes de la elección sino que lo haga antes de inscribirse como candidato.

Por la misma vía, en el concepto 40881 del 2014, la misma entidad especifica que:

"De acuerdo con los artículos 123 de la Constitución Política, los Congresistas son servidores de elección popular directa. Por lo tanto, la causal de inelegibilidad de los Alcaldes que consagra el numeral 2° del artículo 37 de la Ley 617 de 2000, que modificó el artículo 95 de la Ley 136 de 1994, no se refiere a los Congresistas sino a los servidores que son empleados públicos" se lee en parte del concepto jurídico.

La causal de inelegibilidad que refiere el anterior párrafo dice que quien dentro de los doce meses anteriores a la fecha de la elección haya ejercido como "empleado público, jurisdicción o autoridad política, civil, administrativa o militar, en el respectivo municipio, o quien, como empleado público del orden nacional, departamental o municipal, haya intervenido como ordenador del gasto en la ejecución de recursos de inversión o celebración de contratos, que deban ejecutarse o cumplirse en el respectivo municipio", no pueden ser elegidos como alcaldes al igual que como gobernadores.

Para profundizar

Al no ser los congresistas empleados públicos ni tampoco tener la potestad de intervenir como ordenadores del gasto en municipios o departamentos, este plazo no les aplica. Por lo tanto, los congresistas que deseen aspirar a ser elegidos alcaldes y gobernadores deben presentar renuncia a la corporación respectiva y la misma debe ser aceptada antes de la fecha de inscripción para el nuevo cargo. El plazo máximo para inscribir candidaturas es el 29 de julio de 2023.

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