Los problemas legales de nombrar a los detenidos de la primera línea como gestores de paz
15 Diciembre 2022

Los problemas legales de nombrar a los detenidos de la primera línea como gestores de paz

Crédito: Colprensa

Varios abogados han cuestionado la decisión porque –entre otras cosas– podría cruzar los límites de la separación de poderes.

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La decisión del Gobierno nacional de nombrar como gestores de paz a personas que fueron capturadas durante las protestas que tuvieron lugar en 2021 ha generado controversia. Desde la arena política, la oposición y otros sectores acusan a la administración actual de favorecer la impunidad al sacar de la cárcel a estos involucrados y darles participación en la negociación que se propone entablar con grupos al margen de la ley. Pese a que el ministro de Justicia, Néstor Osuna, ya aclaró que no se trata de un indulto y los procesos penales seguirán su curso, las dudas alrededor de la medida continúan. Entre las más recurrentes está si la liberación de los jóvenes es remedio suficiente para acabar con la violencia del país y si esto no implica una vulneración por parte del Ejecutivo al principio de separación de poderes del Estado.

El fundamento legal que sustenta el camino elegido por el Gobierno es la Ley 2272 de 2022, proferida el pasado 4 de noviembre. Allí se estipula que el primer mandatario tiene la posibilidad de nombrar como representantes a quienes se encuentren recluidos en centros penitenciarios, si están en condiciones de ayudar a resolver alguna problemática social: “Se admitirá como voceros a quienes actúan como integrantes de organizaciones sociales y humanitarias a quienes el presidente de la república considere puedan aportar al proceso de paz, a la conflictividad social, y se encuentren en privación de libertad”.

El objetivo de la ley –como se lee en su propio contenido– es la consecución de la política de paz total, que conlleva entablar negociaciones con grupos armados “de carácter político” y “estructuras armadas organizadas de crimen de alto impacto”. En el primer grupo clasificarían las guerrillas y en el segundo otros grupos delincuenciales dedicados al narcotráfico y la extorsión.

Para profundizar

Bajo esta lógica, en la que se buscará llegar a acuerdos con estos dos grupos, surge un problema. La mayoría de los jóvenes capturados durante las protestas hacen parte de los grupos de defensa que se conocieron como la primera línea y que en más de una ocasión han negado vínculos con organizaciones criminales. Es decir, ninguno de sus miembros pertenece a dichas estructuras y, en consecuencia, no es claro cómo podrían ser facilitadores del diálogo entre ellas y el Gobierno nacional.

La figura de ‘gestores de paz’ fue empleada en el pasado por los gobiernos de Uribe y Santos para liberar guerrilleros presos y favorecer acercamientos con las Farc o el ELN. Es entonces problemático usarla para excarcelar a jóvenes de la primera línea, no solo porque la figura fue creada para otro propósito sino, además, por cuanto sugiere que esos jóvenes son integrantes o cercanos a grupos armados ilegales, lo cual ellos siempre han rechazado”, cuestionó el abogado Rodrigo Uprimny en su columna dominical en El Espectador.

En su espacio de opinión en el mismo diario, el exministro Yesid Reyes controvirtió la determinación de la administración Petro debido a la ausencia de un enlace claro entre los jóvenes que se nombrarán como gestores de paz y los grupos con los que se negociará su desmovilización y entrega de armas.

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Estos voceros no solo son etimológicamente quienes hablan en nombre de otro, sino que además deben contar con el consentimiento expreso de ese otro; para que los integrantes de la denominada primera línea puedan tener esa categoría no basta entonces con que el Gobierno los elija, sino que deben contar con la aquiescencia de las estructuras armadas organizadas dedicadas a crímenes de alto impacto o de otros grupos armados al margen de la ley”, advirtió Reyes.

Desde la propia primera línea han expresado su desconfianza con la medida. En conversación con CAMBIO, uno de sus miembros que estuvo encarcelado expresó su insatisfacción y calificó la decisión como un “placebo” que no resuelve el problema.

Yo pienso que las palabras del presidente fueron muy apresuradas. No ha habido suficiente claridad sobre el tema y muchos compañeros están confundidos respecto a si serán liberados o no. Quienes ya atravesamos esos procesos, sabemos que muchos no podrán salir”, afirmó.

Esteban Hoyos, decano de la Escuela de Derecho de Eafit, consideró que el Gobierno echa mano de una atribución que no es idónea para solucionar la situación de muchos jóvenes que están privados de su libertad por manifestarse en las calles.

Eso es un mal uso de la facultad del presidente de levantar órdenes judiciales y nombrar gestores de paz. No es una decisión estructural ni una contribución significativa frente a la judicialización de la primera línea por ejercer su derecho a la protesta. También creo que debe existir una diferenciación y no entregarles beneficios a aquellos miembros que incidieron en homicidios, tortura y otros crímenes graves”, agregó.

Otra, y quizá la duda más grande que enfrenta la iniciativa del presidente, es si desde la Casa de Nariño no se invade injustificadamente las atribuciones que le corresponden al Poder Judicial. Aunque la Ley 2272 establece que el presidente puede excarcelar a quien considere, esta es una prerrogativa demasiado amplia, casi que sin límites, y que corre el riesgo de convertirse en un pase libre para otorgar libertad a personas que están siendo investigadas por todo tipo de delitos. Para Uprimny, se necesitan unas reglas claras que sean el producto de un debate que se surta en el Congreso.

Hoy lo hace con la primera línea, mañana podría hacerlo con cualquiera. Esto viola la separación de poderes, pues en un Estado de derecho las condiciones de liberación de un detenido deben estar reguladas con precisión por la ley. No pueden quedar a discreción del Gobierno. Ese defecto de la ley, contrariamente a lo sostenido por el ministro de Justica, no puede ser corregido por un decreto reglamentario”, aseveró.

No es descabellado asumir que en las próximas semanas se presenten demandas de inconstitucionalidad frente al texto legal. Dados los reproches de diferentes juristas, tampoco sería arriesgado asumir que algunos de sus apartes se caigan por violentar la Constitución. El verdadero meollo está en si la Corte Constitucional, luego de su revisión, concluye que el Gobierno nacional sí está inmiscuyéndose en asuntos que competen exclusivamente a los jueces de la república. Eso significaría que la polémica propuesta de los gestores de paz se derrumbaría.

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