¿Cuándo pueden embargar una cuenta bancaria y cuál es el monto máximo permitido?

Crédito: Freepik

8 Mayo 2024 06:05 pm

¿Cuándo pueden embargar una cuenta bancaria y cuál es el monto máximo permitido?

La Superintendencia Financiera es la encargada de establecer el monto mínimo para que una cuenta pueda ser embargada. Según su más reciente resolución, este monto estará vigente hasta el 30 de septiembre de 2024.

Por: Redacción Cambio

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Es importante entender las reglas sobre embargos en cuentas bancarias para proteger los derechos financieros de las personas. El decreto legislativo 2349 de 1965 establece las reglas que protegen el dinero guardado en cuentas de ahorro, especialmente cuando hay problemas legales o de embargo, pero, ¿qué significa esto exactamente y cómo beneficia a los ciudadanos?

El embargo preventivo es una medida temporal empleada en procesos civiles ejecutivos para asegurar el pago de una obligación. Su objetivo es afectar o congelar los fondos disponibles en las cuentas bancarias del deudor hasta que se resuelva el proceso legal.

Solo ciertas autoridades tienen el poder legal para ordenar el embargo de una cuenta bancaria. Esto incluye a los jueces en casos laborales, civiles o de familia, según la naturaleza de la obligación. Además, la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (Dian), las autoridades de tránsito y los gobiernos municipales y departamentales pueden ordenar embargos por deudas fiscales como impuestos de vehículos, impuesto predial, impuesto de industria y comercio, entre otros.

¿Cuál es el monto máximo permitido para embargar?

Existe una distinción en las órdenes de embargo entre cuentas de ahorro y cuentas corrientes. Para las cuentas de ahorro, el embargo está sujeto a un límite establecido por la ley y ajustado anualmente por la Superintendencia Financiera.

El monto mínimo inembargable, determinado por la Superintendencia Financiera, es válido desde el primero de octubre hasta el 30 de septiembre del año siguiente, como lo estipula el decreto 564 de 2016.

La entidad estableció que, desde el primero de octubre de 2023 hasta el 30 de septiembre de 2024, los depósitos de ahorro están protegidos hasta un máximo de cuarenta y nueve millones quinientos nueve mil doscientos cuarenta pesos (49.509.240 pesos). Esto quiere decir que, si en su cuenta de ahorros tiene menos de esa cifra, no podrá ser embargada.

No obstante, existe una excepción a este límite mínimo embargable. En casos de deudas relacionadas con obligaciones alimentarias, tanto para hijos menores de edad como para aquellos que estén estudiando y sean menores de 25 años, no se aplica este límite mínimo, lo que significa que cualquier saldo en la cuenta de ahorros podrá ser embargado.

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