
La medida aplica para impuestos, multas, sanciones e intereses moratorios.
Crédito: Secretaría de Hacienda de Bogotá
Morosos de Bogotá podrán acceder nueva facilidad de pago: ¿de qué se trata?
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Los morosos que tienen deudas con el Distrito de Bogotá podrán solicitar una nueva facilidad de pago en la cuota inicial. Le contamos en qué consiste.
Por: Gabriela Casanova

La Secretaría de Hacienda de Bogotá anunció una nueva facilidad de pago para quienes tienen deudas con el Distrito. Se trata de una reducción del porcentaje de la cuota inicial para suscribir acuerdos de pago, pasando del 30 al 10 por ciento del total de las obligaciones pendientes del contribuyente.
Esta facilidad aplica a ciudadanos que deben el pago de impuestos, multas y sanciones, o que tienen intereses moratorios. En este caso, el requisito es que el valor de la obligación sea igual o superior a 100 UVB (Unidad de Valor Básico), es decir, 1.155.200 pesos.

En cuanto al plazo escogido para pagar, la Secretaría de Hacienda aclaró que este lo define el contribuyente de acuerdo con su capacidad económica. Además, explicó cuáles son las implicaciones de que el plazo para el pago sea menor o mayor a un año:
- Plazo menor a un año: no se requiere garantía.
- Plazo de uno a cinco años: se debe presentar una garantía que permita el embargo preventivo, respaldada por bienes avaluados en el doble del valor adeudado.
La Secretaría recordó que estar en mora con el Distrito puede generar un reporte en el Boletín de Morosos del Estado (BDME), lo que impide ejercer cargos públicos o contratar con el Estado.
¿Cómo aplicar a la facilidad de pago del 10 por ciento en la primera cuota?
Debe diligenciar el formulario de solicitud de facilidad de pago, en el que debe mencionar todas sus obligaciones pendientes. Además, debe adjuntar una fotocopia de su cédula al formulario de solicitud.
Puede radicar sus solicitudes a través del correo electrónico: [email protected] o en el portal del Sistema Distrital para la Gestión de Peticiones Ciudadanas. Si prefiere hacerlo de forma presencial, puede radicarla en el SuperCADE CAD, SuperCADE Américas y SuperCADE Suba. También puede consultar otros puntos de atención para la solicitud haciendo clic aquí.

Tras entregar la solicitud, la oficina de Cobro enviará al solicitante un acto administrativo indicando las vigencias sobre las cuales se otorgó la facilidad, el monto, el plazo concedido, las fechas en que debe efectuar el pago de las cuotas pactadas y si la garantía ofrecida fue aceptada o no.
“En caso de no aceptarse la solicitud de la facilidad de pago, se explicarán los motivos. Si llegara a faltar algún documento de soporte, se remitirá la especificación de lo requerido y se darán 30 días calendario para que se subsane”, dice la página web de la Alcaldía de Bogotá.
Es importante tener en cuenta que el trámite no tiene cobro.
