Crédito: Colprensa
Todo lo que deben saber los adultos mayores sobre la reforma pensional
- Noticia relacionada:
- Reforma Pensional
- Pensiones
- Subsidios
Hace poco más de un mes, el Gobierno sancionó la ley que reforma el sistema pensional en Colombia. Aún persisten dudas sobre el impacto en las personas mayores, especialmente quienes ya están jubilados o que no tienen pensión. Les contamos qué pasará con ellos.
Por: Redacción Cambio
Ha pasado un poco más de un mes desde que el Gobierno sancionó la ley que reforma el sistema pensional de Colombia. Con la llegada del nuevo régimen en julio de 2025, todos los trabajadores estarán obligados a cotizar para la pensión de vejez en Colpensiones, a no ser que cumplan ciertas excepciones en la cantidad de semanas cotizadas y el salario que reciben.
Sin embargo, quedan dudas por resolver respecto a las personas de la tercera edad, en especial sobre los adultos mayores que ya se jubilaron y los que no tienen suficientes semanas cotizadas para obtener una pensión. En CAMBIO, les contamos qué pasará con ellos.
¿Qué pasará con los pensionados?
En este caso, no hay nada por lo que preocuparse, pues las personas que ya se jubilaron no tendrán que acogerse al régimen nuevo; esto también aplica a quienes están en proceso de recibir su pensión o están cobijados con el régimen de transición y deciden mantener las condiciones del régimen pensional decretado por la Ley 100 de 1993.
El viceministro de Empleo y Pensiones, Iván Jaramillo, ya había hablado del tema hace unos meses en Blu Radio: “Quienes ya tienen su pensión podrán estar tranquilos, tienen garantizados los derechos adquiridos. No se van a afectar. Se mantienen las mismas reglas”. Así mismo, aclaró que la mesada 13, un pago adicional en el mes de diciembre para los pensionados, tampoco tendrá modificaciones.
¿Qué pasará con los adultos mayores que no tienen pensión?
Los adultos mayores que no tienen suficientes semanas cotizadas para obtener una pensión podrán acceder a un subsidio de 223.000 pesos, un beneficio que está incluido en el pilar solidario de esta ley. Sin embargo, deben cumplir ciertos requisitos.
Las personas que pueden aplicar a este subsidio deben ser:
- Mujeres desde los 60 años y hombres desde los 65 años.
- Mujeres desde los 50 años y hombres desde los 55 años, con pérdida de la capacidad laboral igual o superior al 50 por ciento.
- Mujeres desde los 50 años y hombres desde los 55 años con discapacidad.
Además, deben tener estas condiciones:
- Ser ciudadano colombiano.
- Integrar el grupo de pobreza extrema, pobreza y vulnerabilidad, conforme a la focalización que establezca el Gobierno nacional.
- Acreditar residencia en el territorio colombiano mínimo de diez años inmediatamente anteriores a la fecha de presentación de la solicitud para acceder al subsidio.
También, el subsidio aplica a los pueblos indígenas, pueblos negros, afrocolombianos, raizales y palenqueros que se encuentren en el Censo registrado en el Ministerio del Interior; y a las personas pertenecientes a las comunidades campesinas que se encuentren en el Registro Administrativo de Campesinado. Los métodos de inclusión se reglamentarán por el Gobierno en concertación con estas comunidades.
Así mismo, se incluirán los cuidadores de personas con discapacidad que por su trabajo no cuentan con ingresos propios, siempre y cuando no cumplan con los requisitos para acceder a los demás pilares de la ley pensional y acrediten el requisito de edad del pilar solidario.