
Corte tumba norma que permitía cortarles orejas y colas a perros y gatos
Se trata de una ley de 1989 que permitía estas prácticas, bajo la excusa de que eran “estéticas”. La Corte Constitucional precisó que esto no incluye el hecho de cortarles las uñas.
La Corte Constitucional tumbó un apartado de la Ley 84 de 1989 (Estatuto Animal) que permitía que se hicieran, sin sanción alguna, procedimientos a animalitos bajo la excusa de que eran estéticos, como cortarles las orejas y la cola a perros y gatos. O también la desungulación o extirpación definitiva de las uñas en felinos e incluso la eliminación de cuerdas vocales en perros, para disminuir el ruido de los ladridos.
El artículo sexto de esa ley prohíbe el maltrato contra los animales y define una serie de conductas que se presumen crueles, pero excluía, de forma explícita, las mutilaciones que se hacen por razones “estéticas” o científicas.
“Se presumen hechos dañinos y actos de crueldad para con los animales los siguientes: (…) Remover, destruir, mutilar o alterar cualquier miembro, órgano o apéndice de un animal vivo, sin que medie razón técnica, científica, zooprofiláctica, estética o se ejecute por piedad para con el mismo”, decía la ley.
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