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Gustavo Petro, presidente de Colombia.
Justicia
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Consejo de Estado niega demanda que pretendía la muerte política del presidente Gustavo Petro

Una sala especial de decisión negó la demanda que pretendía la pérdida de investidura del presidente de la República, alegando que Petro dejó de asistir, sin justificación, a ocho debates importantes en el Congreso, durante su tiempo como senador.

Por: Ana María Cuesta

Una sala especial de decisión del Consejo de Estado negó una demanda que pretendía la pérdida de investidura, o la muerte política, del presidente de la República, Gustavo Petro Urrego.

La demanda en cuestión, presentada por el abogado Joan Sebastián Hernández, advertía que Petro, en condición de senador del Pacto Histórico, se había ausentado de ocho sesiones importantes en el Congreso de la República, configurándose así la causal de pérdida de investidura contemplada en el artículo 183 de la Constitución.

Dicho artículo contempla la pérdida del cargo para aquellos congresistas que se ausenten, en un mismo periodo, a seis reuniones plenarias en las que se voten proyectos de acto legislativo, de ley o mociones de censura.

El Consejo de Estado, con ponencia de su presidente Alberto Montaña, advirtió que la causal de pérdida de investidura no se configura en este caso por cuanto las ocho ausencias del senador Petro se efectuaron en dos periodos distintos, no en uno, como señala la norma constitucional. 

"A la luz de lo señalado, las inasistencias de 28 de agosto de 2018, 16 de octubre de 2018, 6 de noviembre de 2018, 7 de noviembre de 2018 y 19 de noviembre de 2018, para un total de 5, ocurrieron en el primer periodo de sesiones de esa legislatura; mientras que 3 de ellas, de 2 de abril de 2019, 3 de abril de 2019 y 22 de mayo de 2019, ocurrieron en el segundo periodo de sesiones de la legislatura. Con lo cual, se constata de manera clara que no se configura el supuesto de hecho previsto en el artículo 183.2 de la Constitución Política de Colombia", indica el fallo.

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