
Juez rechazó solicitud de Epa Colombia para tener el beneficio de casa por cárcel
Tras su reclusión en El Buen Pastor, Daneidy Barrera Rojas, conocida en redes sociales como Epa Colombia, solicitó la prisión domiciliaria bajo la ley de Utilidad Pública, pero un juzgado de Bogotá rechazó su solicitud. Conozca los detalles.
Por: Gabriela Casanova
En enero de este año, la Corte Suprema de Justicia confirmó la condena de cinco años y tres meses de cárcel contra Daneidy Barrera Rojas, conocida en redes sociales como Epa Colombia. Tras ser recluida en la prisión de mujeres El Buen Pastor, en Bogotá, la influencer colombiana acudió a la ley de Utilidad Pública, que beneficia a mujeres cabeza de familia, para obtener prisión domiciliaria. Sin embargo, el pasado 8 de mayo la juez tercera de Ejecución de Penas de Bogotá negó la solicitud.
Según el fallo, Epa Colombia no demostró que es la única persona que puede cuidar a su hija de un año “de tal forma que sin su presencia la menor quede en desamparo”, pues cuenta con el apoyo de familiares que no tienen impedimentos para atenderla.
Uno de ellos, dice el fallo, es la pareja de Epa Colombia, también madre de la niña, Karol Samantha Barbosa, “de quien no existe prueba alguna de que se encuentre en incapacidad física o mental que le impida asumir el cuidado de la menor”.
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