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Corte Suprema condenó a exgobernador Arauca
Exgobernador Julio Enrique Acosta. Crédito: Redes sociales.
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Corte Suprema condenó a exgobernador Arauca

La Sala Especial de Primera Instancia de la Corte Suprema de Justicia condenó al exgobernador de Arauca Julio Enrique Acosta Bernal por un contrato irregular para la construcción de un hospital. Es la segunda condena que recibe en menos de tres años, y la primera le llegó también por la misma clase de delito.

Por: Juan David Cano

La Sala Especial de Primera Instancia de la Corte Suprema de Justicia condenó  a cuatro años y tres meses de prisión a Julio Enrique Acosta Bernal, exgobernador de Arauca.

El hombre fue condenado por el delito de contrato sin cumplimiento de requisitos legales y cumplirá su condena en prisión domiciliaria.

También le impusieron una inhabilidad de 62 meses y 18 días para ejercer derechos y funciones públicas, junto con una multa equivalente a 54,68 salarios mínimos que deberá consignarse a nombre del Ministerio de Justicia.

Julio Enrique Acosta Bernal Crédito: Colprensa
Julio Enrique Acosta Bernal, exgobernador de Arauca, fue condenado a más de cuatro años de prisión. Crédito: Colprensa.

El contrato y las irregularidades

Los hechos ocurrieron en 2005, cuando Acosta Bernal se desempeñaba como gobernador de Arauca.

En ese año suscribió el contrato 322 de 2005 con el Consorcio Castell Camel Cadena Fawcett, cuyo objeto era la construcción y ampliación de la primera etapa de la nueva torre del Hospital San Vicente de Arauca, por un valor de 7.026.665.000 pesos.

Según la sentencia, el contrato se firmó sin verificar el cumplimiento de los requisitos legales que exigen los principios de economía y planeación en la etapa precontractual.

Las irregularidades que documentó la Corte incluyen que los ítems de la primera etapa fueron seleccionados sin fundamento técnico serio, pese a que el proyecto estaba diseñado para ejecutarse de forma integral; que los sistemas de aire acondicionado y ventilación mecánica, contemplados en el diseño original y en la solicitud ante el Ministerio, quedaron excluidos del contrato; que la obra se contrató sin que estuviera garantizado el suministro de energía eléctrica; y que se suscribió sin contar materialmente con el concepto técnico del Ministerio de Protección Social, un requisito legal para ese tipo de contrato.

Julio Enrique Acosta Bernal.jpg Colprensa
Esta es la segunda condena que Julio Enrique Acosta Bernal recibe por el mismo delito. Crédito: Colprensa.

La segunda condena para el coordinador de campaña

Esta no es la primera vez que la Corte Suprema condena a Acosta Bernal por el mismo tipo de delito.

En noviembre de 2023, la misma corporación le impuso una pena de 75 meses de prisión y una multa de 92,18 salarios mínimos por el Contrato 815 de 2005, también suscrito durante su gestión como gobernador y también por el delito de contrato sin cumplimiento de requisitos legales.

 

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