
Corte Constitucional ordena a la UNP ofrecer disculpas públicas a la familia de Miguel Uribe Turbay
La Corte Constitucional le ordenó a la Unidad Nacional de Protección (UNP) ofrecer disculpas públicas a la familia de Miguel Uribe Turbay, tras determinar que su exdirector, Augusto Rodríguez, vulneró derechos del exsenador y sus familiares al divulgar información sobre su esquema de seguridad y aspectos de su vida privada.
Por: Nataly Ríos
La Unidad Nacional de Protección (UNP) deberá ofrecer excusas públicas a los familiares del senador y precandidato presidencial Miguel Uribe Turbay luego de que la Corte Constitucional determinara que el entonces director de la entidad, Augusto Rodríguez Ballesteros, excedió los límites de la libertad de expresión en un discurso institucional relacionado con el atentado contra el dirigente político.
La decisión fue adoptada por la Sala Cuarta de Revisión de la Corte Constitucional, que protegió los derechos de petición, información, verdad, intimidad familiar, honra y buen nombre póstumos de Miguel Uribe Turbay, así como los derechos de su núcleo familiar.
La Corte revisó la tutela presentada por María Claudia Tarazona, esposa del exsenador, luego de cuestionar varias declaraciones públicas realizadas por Augusto Rodríguez Ballesteros. Según la decisión, algunas de sus manifestaciones difundieron información sobre la operación del esquema de protección que cubría a Uribe Turbay y aspectos relacionados con la vida privada de su familia que no estaban autorizados para hacerse públicos.

Para la Sala, el funcionario incumplió los deberes especiales que tenía por su cargo, particularmente frente a la confidencialidad de la información bajo custodia de la UNP y la protección de los derechos de quienes ejercen la oposición política. La Corte consideró que las declaraciones constituyeron una exposición injustificada e irrazonable de información sometida a reserva y de decisiones internas relacionadas con el ámbito familiar.
El tribunal también señaló que algunas afirmaciones relacionadas con la coordinación del esquema de seguridad eran inexactas y afectaron la honra, el buen nombre y la memoria de Miguel Uribe Turbay. En particular, la Corte sostuvo que esas declaraciones desconocieron su condición de miembro de la oposición, las dificultades que se presentaron para su protección y las alertas emitidas por la Defensoría del Pueblo sobre la seguridad de los integrantes de la oposición. Sin embargo, la Sala aclaró que Rodríguez Ballesteros no fue considerado responsable de la narrativa relacionada con un supuesto “autoatentado”.
La Corte cuestionó actuación frente a la oposición
La decisión también plantea una consideración más amplia sobre el papel de las instituciones frente a la oposición política. La Corte sostuvo que una democracia requiere que el Estado no solo reconozca formalmente el derecho a la oposición, sino que también proteja el debate público frente a discursos que conviertan al contradictor político en un enemigo.
En ese sentido, hizo un llamado a los funcionarios públicos a evitar discursos que descalifiquen a los opositores o promuevan narrativas estigmatizantes. Para la Corte, el Estado debe garantizar espacios de deliberación y reconocer la legitimidad de las distintas posiciones políticas como parte del pluralismo democrático.
La Sala consideró especialmente relevante este deber en el caso de la UNP, debido a que se trata de una entidad encargada precisamente de brindar protección a líderes sociales y políticos en situación de riesgo.

UNP deberá ofrecer disculpas públicas
Como parte de las órdenes de la sentencia, la UNP tendrá 48 horas para ofrecer disculpas públicas a la familia de Miguel Uribe Turbay mediante una rueda de prensa de alcance nacional, para la cual deberá convocar a medios de comunicación públicos y privados y evitar cualquier forma de revictimización.
La entidad también tendrá que responder de manera integral la solicitud de rectificación presentada por María Claudia Tarazona. La Corte concluyó que la respuesta entregada anteriormente fue apenas formal y no resolvió de fondo las solicitudes planteadas.
"El accionado reconocerá que excedió los límites de la libertad de expresión en la emisión del discurso institucional, al visibilizar aspectos de la operación del esquema de protección y de la intimidad familiar asociados a la disposición y operación de las medidas de protección otorgadas, aspectos reservados que no estaba habilitado a difundir, y que el momento de la emisión del discurso impidió la réplica como parte esencial del derecho a la oposición política", señaló la corte.
Además, la UNP tendrá un plazo de un mes para actualizar sus protocolos internos y precisar qué información relacionada con la ejecución de los esquemas de protección debe mantenerse bajo reserva cuando esté vinculada con la dinámica familiar de las personas protegidas. La Corte también ordenó adoptar las medidas necesarias para evitar situaciones de revictimización que puedan afectar a Tarazona y a su familia.

Finalmente, la Corte exhortó a la UNP, la Defensoría del Pueblo y la Procuraduría General de la Nación a trabajar conjuntamente en un mecanismo de seguimiento para las medidas de protección dirigidas a integrantes de la oposición política que se encuentren en situaciones de alto riesgo.
La medida deberá tener en cuenta las particularidades del ejercicio político y social de estas personas y busca fortalecer las garantías institucionales para quienes ejercen el derecho a la oposición.
La familia de Miguel Uribe Turbay celebró la decisión de la Corte Constitucional
A través de un comunicado divulgado por la firma Víctor Mosquera Marín Abogados, que representa a los familiares del exsenador, se destacó que la sentencia T-258 de 2026 amparó los derechos fundamentales de petición, información, verdad, intimidad familiar, honra y buen nombre póstumos de Uribe Turbay y de su núcleo familiar.
Según el documento, la Corte concluyó que el entonces director de la UNP, Augusto Rodríguez Ballesteros, excedió los límites de su libertad de expresión al pronunciar, los días 12 y 15 de julio de 2025, un discurso institucional en el que expuso información reservada relacionada con el esquema de protección del exsenador y aspectos de la dinámica familiar. La firma también señaló que la respuesta de la UNP a la solicitud de rectificación presentada por la familia fue considerada formal y evasiva.
Los representantes legales calificaron como favorable la decisión judicial y señalaron que esta reivindica la memoria de Miguel Uribe Turbay y la dignidad de su familia. La firma también reiteró que continuará ejerciendo las acciones legales necesarias para garantizar los derechos de los familiares del exsenador y de las víctimas del atentado.
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