El consejo comunitario de Mindalá contra la antena de Claro

Crédito: Yamith Mariño Díaz

28 Julio 2023

El consejo comunitario de Mindalá contra la antena de Claro

El consejo afro de Mindalá, en el norte de Cauca, ganó una demanda contra el gigante de las telecomunicaciones, por no haber hecho consulta previa a la comunidad para instalar una antena. Claro dice que la antena fue instalada por orden del propio ministerio del Interior.

Por: Maria F. Fitzgerald

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El Juzgado Primero de Santander de Quilichao determinó esta semana que Claro, la empresa de telecomunicaciones más grande del país y una de las más grandes de América Latina, había incurrido en desacato a una tutela en la que se le exigía desmantelar una antena instalada en Suárez, en el norte del Cauca. 

En cumplimiento del fallo, Carlos Hernán Zenteno, presidente de Claro Colombia, tendrá que pagar una multa de 3 salarios mínimos legales vigentes y cumplir 3 días de arresto por desacato. 

La antena fue instalada, según Claro, en virtud de una campaña del Ministerio de las TIC y del Ministerio del Interior, que buscaba fomentar la conectividad del país con la instalación de antenas en distintas regiones del país, entre ellas la vereda Mindalá, en Suárez. 

El problema es que la antena fue instalada sin cumplir con el proceso de consulta previa con la comunidad. 

Luego de una tutela impuesta por el consejo comunitario de Mindalá, en 2021, la Corte Constitucional, a través de la sentencia T-446, determinó que Claro debía desmontar la antena por no haber cumplido con los requisitos establecidos de socialización del proyecto y consulta con la comunidad de Mindalá. 

La Corte ordenó la suspensión inmediata del funcionamiento de la antena, mientras se realiza el proceso de consulta previa para que los habitantes de Suárez decidan si quieren que la antena esté allí o no. Pero Claro no acató las órdenes y mantuvo la antena en funcionamiento. 

La versión de Claro sobre la antena de Mindalá

En un comunicado público, Claro contó que había instalado la antena por orden del Ministerio de Interior y que el propio Ministerio había asegurado que no era necesaria una consulta previa. Sin embargo, la Corte Constitucional recordó que la consulta previa fue establecida por la Corte Interamericana de Derechos Humanos y que, por lo mismo, primaba por encima de las leyes locales. 

Claro dice haber cumplido con lo ordenado por la Corte y apagado la antena. Sin embargo, el mismo consejo de Mindalá sostiene que la compañía apagó la antena sólo dos años después de que la Corte emitiera su sentencia. Claro se defiende diciendo que la propia sentencia dice que la empresa tendría que "adoptar las medidas técnicas necesarias para garantizar el funcionamiento y prestación del servicio."

Juan Carlos Archila, presidente de América Móvil Claro, aseguró a CAMBIO que la compañía ya dio cumplimiento a lo ordenado por el Juez del circuito de Santander de Quilichao, que ya pagó la multa, que ya se suspendió el funcionamiento de la antena y que se adelanta el proceso de consulta previa con la comunidad. Aunque aclaró: "El Ministerio del Interior es la autoridad competente para adelantar los procesos de consulta previa que se requieran de conformidad con la Constitución y la Ley.  Es el Ministerio quién determinó, resultado de la consulta de la empresa, que no se requeriría realizar la consulta previa".

Finalmente, Archila dice que la orden del juez no es definitiva y que está en trámite de consulta ante el Tribunal Superior de Popayán. “Lo que sorprende es que las gestiones para la construcción de la antena se hicieron con la participación de la misma comunidad. Ahora estamos en medio del fuego cruzado”, concluye.

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