La JEP aceptó de manera excepcional el sometimiento de Salvatore Mancuso Gómez "en su calidad de sujeto funcional y materialmente incorporado a la fuerza pública, entre 1989 y 2004".
Crédito: Migración
Llegada de Salvatore Mancuso a la JEP debe respetar condiciones de reparación a víctimas de Justicia y Paz: Procuraduría
- Noticia relacionada:
- Salvatore Mancuso
- Procuraduría
- JEP
- Conflicto Armado
Para el Ministerio Público, en el auto con el que se aceptó a Salvatore Mancuso en la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) no se reconoce a 137 víctimas.
Por: Redacción Cambio
La Procuraduría hizo un llamado a la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) por el auto con el que se acepta el sometimiento de Salvatore Mancuso en este tribunal de justicia transicional.
La JEP aceptó de manera excepcional el sometimiento del exjefe paramilitar en su calidad de "sujeto funcional y materialmente incorporado a la fuerza pública, entre 1989 y 2004". Según la entidad, "Mancuso ejerció un rol de bisagra en la cúspide, como superior, con la fuerza pública, con capacidad de establecer patrones de macrocriminalidad".
Para la Procuraduría, esa llegada de Mancuso a la JEP genera incertidumbre entre las víctimas, por lo que debe aclararse y respetar las condiciones ofrecidas para la reparación de quienes se vieron afectados.
Así, el Ministerio Público les pidió a los magistrados "adicionar y aclarar el auto que profirió el pasado 19 de marzo de 2024, para que se incluya una tercera sentencia de la Sala de Conocimiento de Justicia y Paz del Tribunal de Barranquilla, en la que se dispusieron reparaciones económicas a 137 víctimas, que no fueron tenidas en cuenta en este auto (de la JEP)".
Según el órgano de control "existe una omisión sustancial en el auto, lo que vuelve indispensable que la Sección de Apelación, a partir de los parámetros que instituyó en la providencia (de la JEP), traiga a colación la olvidada sentencia pues sin duda integra la judicialización transicional del compareciente".
El procurador delegado, Jairo Ignacio Acosta Aristizábal, precisó que la providencia afirmó que las víctimas con derechos adquiridos de reparación en Justicia y Paz, producto de una decisión en firme, "tienen garantizados que por vía del régimen de condicionalidad el compareciente debe atender las obligaciones ejecutoriadas que le hayan impuesto en materia indemnizatoria". En ese sentido, la Procuraduría pidió extender el reconocimiento a las víctimas.
El Ministerio Público también cuestionó el rol con el que se aceptó a Mancuso, que es el de bisagra entre los paramilitares y la fuerza pública.
"No resultan claras las menciones al deber general de reparar económicamente por parte de Mancuso Gómez por su particularísima condición (aunque se le reconoce como compareciente forzoso) y luego, insistentemente, solo se predica de las personas con sentencias ejecutoriadas de Justicia y Paz", como se lee en el comunicado de la Procuraduría.