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País

Un artículo de más de 100 años avala el matrimonio de menores de edad en Colombia. Así buscan tumbarlo

Por novena vez, el Congreso intentará prohibir la unión marital con y entre menores de edad de más de catorce años. Las cifras son alarmantes.

Por: Pía Wohlgemuth N

En 1873 nació el Código Civil de los Estados Unidos de Colombia; en 1887 comenzó a regir. El documento fue redactado por Andrés Bello, abogado venezolano, quien también escribió el Código Civil de Chile en 1856. Su finalidad era definir los derechos y deberes de las personas en la sociedad. El código traía extravagancias que hoy serían impensables. Decía, con razón, que los matrimonios se debían considerar nulos si no había consentimiento. Pero la falta del mismo se presumía de los “furiosos locos” en su estado de locura y los “mentecatos”. En contraste, los sordomudos que pudieran expresar claramente su beneplácito “con signos manifiestos” podrían casarse sin problemas.

El documento establecía que los menores de hasta catorce años, para los niños, y doce años, para las niñas, podían casarse sin problema. Con menos de esa edad, se anulaba la unión. Después, el código tuvo modificaciones y quedó en que las personas de catorce años en adelante podrían casarse con el permiso expreso de sus padres.

Aún hoy, un documento centenario rige las uniones de los menores de edad en Colombia. Siempre y cuando sus acudientes den luz verde, pueden contraer matrimonio. Esto no es cosa menor. Niñas -sobre todo- y niños que ni siquiera han terminado el colegio se pueden casar, pero no pueden votar, ni firmar un contrato. No tienen cédula, ni pueden salir del país solos o ir a un procedimiento médico sin un acudiente. De todas maneras, pueden irse a vivir con otro menor o adulto, según esta ley. El impacto que tiene el matrimonio infantil es grande: embarazos precoces, abuso sexual, abandono del estudio, riesgo de sufrir violencia física y psicológica, entre otros, están entre las consecuencias.

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