¿Por qué las cervezas sin alcohol se salvarán de pagar impuesto?
11 Abril 2023

¿Por qué las cervezas sin alcohol se salvarán de pagar impuesto?

Crédito: Freepik

Según una sentencia del Consejo de Estado las cervezas sin alcohol no deben pagar impuesto al consumo. Conozca por qué será desgravada este tipo de bebidas.

Por: Redacción Cambio

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El impuesto al consumo no deberá pagarse en cervezas que no contengan alcohol, según el Consejo de Estado. Esta determinación proviene de la Sección Cuarta de la Sala de lo Contencioso Administrativo de la institución judicial, que recientemente aceptó una demanda que solicitaba desgravar estas bebidas.

Vale la pena resaltar que esta sentencia fue de segunda instancia. En la primera determinación, el juez decidió a favor de quien impuso la demanda y la Secretaría de Hacienda de Bogotá respondió apelando el fallo. Aún así, este fue –en últimas– confirmado por el Consejo.

La decisión respecto a la cerveza sin alcohol

Partiendo de la Ley 223 de 1995, la demanda manifestaba que las cervezas que se identifiquen como 'sin alcohol' se encuentran bajo una regulación distinta al resto de bebidas.

Uno de los argumentos para desgravar esta bebida dice que "la expresión 'cerveza' (...) hace referencia a un producto distinto a la 'cerveza sin alcohol', pues tiene una composición y graduación alcohólica diferente".

En contraste, la Secretaría aseveró que dichos consumibles deben estar gravados, según lo establecido para esa clase de bebidas por el simple hecho de que al producto se le considere cerveza. De acuerdo con la entidad, sin necesidad de distinguir su grado de alcohol, "toda vez que basta con que un producto se califique como 'cerveza' para que su consumo dé lugar al impuesto".

No obstante, los magistrados trajeron a colación un decreto de 2012. Según dicha norma, las bebidas que tengan menos de 2.5 grados de alcohol son consideradas como alimento y no como cerveza.

Siendo así, la sentencia resolvió que la cerveza sin alcohol (menor a 2,5 grados alcoholimétricos) "no está gravada con el impuesto al consumo, porque el hecho generador del tributo lo constituye únicamente el consumo de bebidas alcohólicas".

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