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Palacio de Jusiticia
Holocausto en el Palacio de Justicia, en noviembre de 1985. Créditos: Colprensa
Poder

Consejo de Estado responsabiliza al Estado por la muerte del magistrado Jorge Alberto Echeverry durante el ataque al Palacio de Justicia

El Consejo de Estado determinó que la muerte del magistrado auxiliar fue consecuencia tanto de la toma del M-19 como del uso excesivo de la fuerza por parte del Estado durante la retoma del Palacio de Justicia, en noviembre de 1985.

Por: Gabriela Casanova

El Consejo de Estado declaró la responsabilidad patrimonial de la Nación, particularmente del Ministerio de Defensa Nacional, por la muerte de Jorge Alberto Echeverry Correa, magistrado auxiliar de la Sala Laboral de la Corte Suprema de Justicia, durante el holocausto en el Palacio de Justicia, en noviembre de 1985.

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En su decisión, la corporación determinó que su muerte se produjo por dos causas. La primera es la toma del Palacio de Justicia por parte del grupo subversivo M-19 el 6 de noviembre de 1985: ese día, el grupo guerrillero irrumpió en la sede judicial, retuvo como rehenes a magistrados y funcionarios, los utilizó como escudos humanos y accionó cargas explosivas dentro del recinto. Este hecho fue calificado por la entidad como “irracional, violento, indiscriminado y terrorista”.

Palacio de Justicia
Holocausto en el Palacio de Justicia, en noviembre de 1985. Créditos: Colprensa

De hecho, el alto tribunal aclaró que la toma no debe ser interpretada como una “hazaña política” ni como “un acto de rebeldía heroica”, sino como “la afrenta más grave al Estado de derecho desde la fundación de la República”, así como “la amenaza más decidida contra la institucionalidad democrática y contra la majestad de la justicia, piedra angular de la estabilidad social y de lo que une a los colombianos como Nación”.

La segunda causa recae en el accionar del Estado. Según la corporación, el Gobierno omitió el cumplimiento de los deberes de seguridad y protección y usó de manera excesiva y desproporcionada las fuerzas del orden durante la retoma.

Ante las discusiones sobre lo que en realidad pasó en el Palacio de Justicia en 1985, en su decisión, la corporación también estableció el concepto de la verdad, pues “preserva del olvido la memoria colectiva y libera a las personas del silencio que encierra la injusticia y la mentira”. Según la entidad, esta posee una doble dimensión: “en el ámbito público constituye un bien común que pertenece a toda la sociedad, y en el plano individual representa el escenario en el que las víctimas recuperan su visibilidad y dignidad”.

¿Cómo el Estado y el M-19 deberán reparar a la familia del magistrado?

El Consejo de Estado condenó a la Nación al pago de perjuicios morales y lucro cesante a favor de los familiares del magistrado auxiliar fallecido, y ordenó publicar la providencia en un medio de amplia circulación y realizar un acto público de perdón, en el que se dé lectura al fallo.

Además, exhortó al Ministerio de Defensa a iniciar una acción de repetición en contra del M-19 como organización o colectivo, así como contra los autores por responsabilidad de mando y los directos perpetradores, en la proporción causal en que contribuyeron a producir el daño. De esta manera, el grupo guerrillero también deberá asumir parte de la reparación a la familia.

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