
Corte tumba norma que impedía a ganadores de concursos de méritos acceder a ciertos cargos en la Dian
Una norma señalaba que las listas de elegibles no se podían usar para cargos en provisionalidad o en encargo. La Corte Constitucional dijo que esto permitió un privilegio desproporcionado y un trato desigual entre trabajadores. Detalles.
La Sala Plena de la Corte Constitucional tumbó una norma que, en palabras sencillas, impedía ubicar en cargos en provisionalidad o en encargo en la Dian a personas que habían ganado los concursos de méritos que hace la entidad.
La Corte tumbó un parágrafo del artículo 36 del decreto ley 927 de 2023 que modificó el sistema de carrera de la Dian y que decía que las “listas de elegibles no podrán utilizarse si el empleo público se encuentra provisto mediante encargo o provisionalidad”.
Con ponencia del magistrado Jorge Enrique Ibáñez, la Sala Plena señaló que esa modificación terminó creando un privilegio desproporcionado en favor de los nombramientos en encargo o provisionalidad, en detrimento de los ganadores del concurso de méritos
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