
Corte Suprema confirma condena contra Santiago Uribe Vélez por el caso de Los 12 Apóstoles
El alto tribunal resolvió la impugnación que la defensa había presentado contra el fallo del Tribunal Superior de Antioquia y mantuvo la sentencia de 28 años y tres meses de prisión.
Por: Juan David Cano
La Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia confirmó este jueves la condena de 28 años y tres meses de prisión contra Santiago Uribe Vélez, hermano del expresidente Álvaro Uribe Vélez, por su responsabilidad en la conformación y dirección del grupo paramilitar conocido como Los 12 Apóstoles.
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La noticia la dio a conocer el propio expresidente Álvaro Uribe en su cuenta de X, citando a su abogado: "El Dr. Jaime Granados me comunica que la información periodística le hace saber que la Corte Suprema confirma la condena contra mi hermano Santiago. Tema devastador para mi familia".
El fallo, con ponencia del magistrado Gerson Chaverra Castro, dejó en firme la sentencia proferida en segunda instancia por el Tribunal Superior de Antioquia el 25 de noviembre de 2025.
Lo que estableció la Corte sobre el homicidio
Uno de los puntos centrales del fallo fue la confirmación de la responsabilidad de Santiago Uribe en el homicidio del conductor de bus Camilo Barrientos Durán, ocurrido el 25 de febrero de 1994 en la ruta entre los municipios de Campamento y Yarumal.
La defensa había argumentado, entre otras cosas, que el procesado nunca tuvo contacto personal con la víctima, lo que, a su juicio, hacía imposible atribuirle autoría en el crimen. La Corte rechazó ese argumento.
Según el fallo, el procesado manejaba una lista de personas señaladas por el grupo como indeseables o colaboradores de la guerrilla, y a partir de esa lista ordenaba las acciones criminales.

El alto tribunal concluyó que no era necesario que Uribe Vélez conociera directamente a sus víctimas para ser responsable de sus muertes, pues la organización operaba con base en información de inteligencia recopilada por redes de informantes, no en vínculos personales con los objetivos.
Sobre la planeación del crimen específico, la Corte señaló en su providencia: "Santiago Uribe Vélez dio la orden de asesinar al siguiente en la lista —Camilo Barrientos Durán—, por medio de sicarios que serían convocados por alias 'Rodrigo', su mano derecha y asiduo visitante de La Carolina, para lo cual, además, requirió a la Fuerza Pública, representada en ese momento por Meneses Quintero, para que no interviniera en el asunto", se lee en el fallo.
Hablando de Juan Carlos Meneses, la Sala también precisó el papel que cumplía el que por entonces era comandante del distrito de Policía de Yarumal. Santiago Uribe le habría informado del crimen con anticipación para que omitiera proteger a la víctima.
Para la Corte, esa coordinación evidenció un acuerdo previo con división de funciones entre los miembros de la organización.
El grupo y su funcionamiento
El fallo también describe cómo funcionó el grupo: "En los primeros años de la década de los noventa, en particular, durante los años 1990 a 1994, Santiago Uribe conformó y dirigió un grupo armado ilegal conocido como 'Los Doce Apóstoles' que, desde la hacienda La Carolina, ubicada en el sector de los Llanos de Cuivá, en el municipio de Yarumal, llevó a cabo un plan para asesinar y exterminar de forma sistemática personas que consideraban como indeseables, ladrones, vendedores o consumidores de estupefacientes, entre otros.

Y añaden: "También presuntos auxiliadores de grupos subversivos que operaban en la región norte del departamento de Antioquia, especialmente en los municipios de Yarumal, Campamento y Valdivia. Este grupo contó con el apoyo, por acción u omisión, de agentes del Estado, principalmente de la Policía, y con particulares".
Según la sentencia, la organización contó con dos lugartenientes: Hernán Darío Zapata, conocido como Pelo de Chonta, a cargo de la zona urbana, y Jorge Alberto Osorio Rojas, alias Rodrigo o El Mono de los Llanos, a cargo del área rural. Ambos eran los encargados de ejecutar las acciones violentas.
Un proceso que viene desde 1995
El proceso en contra de Santiago Uribe comenzó en 1995, cuando Albeiro Martínez Vergara presentó la denuncia que abrió la investigación preliminar. Santiago rindió versión libre el 3 de septiembre de 1996, y en agosto de 1999 se emitió una resolución inhibitoria en su favor.
El caso tomó nuevo impulso en 2010, cuando la Fiscalía revocó esa inhibitoria con base en las declaraciones del mayor en retiro Juan Carlos Meneses. Tres años después, en septiembre de 2013, se abrió instrucción formal contra Santiago Uribe y contra el propio Meneses.

En noviembre de 2024, el Juzgado Primero Penal del Circuito Especializado de Antioquia absolvió a Santiago Uribe. Un año después, el 25 de noviembre de 2025, el Tribunal Superior de Antioquia revocó esa absolución y lo condenó a 28 años y tres meses de prisión por concierto para delinquir agravado y homicidio agravado. Ahora la Corte Suprema deja ese fallo en firme y por ahora la vía judicial quedó agotada.
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