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Karen Manrique. Crédito: Colprensa
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Corte Suprema le negó a Karen Manrique salir de la cárcel para posesionarse como representante a la Cámara

La representante electa por la circunscripción de paz de Arauca cumple detención preventiva. Aunque pidió permiso para salir bajo custodia militar, la Sala Especial de Primera Instancia le negó la solicitud.

Por: Juan David Cano

Karen Manrique no podrá salir del centro de reclusión el domingo 20 de julio para posesionarse como representante a la Cámara por Arauca. La Sala Especial de Primera Instancia de la Corte Suprema de Justicia decidió negarle el traslado temporal bajo custodia militar que ella misma había pedido dos semanas antes.

Manrique Olarte fue elegida el 14 de marzo de este año por la Circunscripción Transitoria Especial de Paz de Arauca para el periodo 2026-2030.

Se trata de su segunda elección. Manrique ya había ocupado una curul por la misma circunscripción entre 2022 y 2026. Pero desde el 11 de marzo cumple medida de aseguramiento privativa de la libertad y está suspendida del cargo.

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En su petición, la representante electa aclaró que no buscaba la libertad ni la sustitución de la medida, sino una autorización para prestar juramento, firmar el acta y asumir la curul, para después regresar a su centro de detención.

Para ello, Manrique argumentó que la detención preventiva que cumple no le quita la presunción de inocencia ni sus derechos políticos, y contó que en paralelo había pedido a la Mesa Directiva de la Cámara posesionarse de manera virtual, sin recibir respuesta.

¿Qué argumentos dio la Corte para negarle la petición a Manrique?

La sala reconoció que la detención preventiva no equivale a una sanción anticipada ni la despoja de sus derechos políticos. Pero sostuvo que la medida sigue vigente por una razón concreta y que esa razón no puede ceder ante el interés de posesionarse.

"En su momento, la Sala Especial de Instrucción de esta Corporación consideró que la libertad de la sindicada supone un grave peligro para la comunidad, dada la naturaleza de los delitos presuntamente cometidos y por el riesgo que existe de que persista la actividad delictiva, así como su vinculación con la organización criminal constituida", recuerda la decisión.

La decisión aclara que la propia medida busca proteger tres bienes: el ejercicio regular de la función pública, la confianza pública en el Congreso y la integridad del proceso, incluida la protección de testigos.

A eso sumó un obstáculo procesal. La Ley 65 de 1993, el Código Penitenciario y Carcelario, solo permite tres hipótesis para que una persona privada de la libertad salga del sitio de reclusión. Solo se puede en caso de una citación judicial, atención médica urgente o la enfermedad grave o muerte de un familiar cercano. La posesión como congresista no encaja en ninguna.

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La sala reconoció que en otros casos ha flexibilizado estos casos para proteger derechos, pero concluyó que en este de Manrique no procede porque "la función congresional está aparejada a la privación de la libertad, cuyos fines constitucionales no cuestiona la congresista; resulta improcedente jurídicamente acceder al pedimento elevado".

En otras palabras, su función como congresista en el último periodo es precisamente lo que está revisando la Corte en su caso. Cabe recordar que Manrique está implicada en el caso de corrupción de la Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo y Desastres (UNGRD) y está acusada de beneficiarse presuntamente de un direccionamiento de contratos de esa entidad a Saravena si apoyaba proyectos del Gobierno Petro.

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