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Tribunal falla a favor de Angie Rodríguez: “Hay un riesgo extraordinario que se debe atender”
Angie Rodríguez, exgerente del Fondo de Adaptación. Fotoilustración: Kim Vega - CAMBIO.
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Tribunal falla a favor de Angie Rodríguez: “Hay un riesgo extraordinario que se debe atender”

El Tribunal Administrativo de Cundinamarca concedió una tutela a la exgerente del Fondo Adaptación Angie Lizeth Rodríguez, relacionada con su esquema de escoltas. La UNP deberá hacer un nuevo estudio de seguridad a la exfuncionaria del gabinete de Gustavo Petro, que hoy denuncia supuestos actos de corrupción por parte de sus antiguos compañeros.

Por: Ana María Cuesta

La exgerente del Fondo Adaptación Angie Lizeth Rodríguez Fajardo, quien denunció supuestos hostigamientos, maltratos, afectaciones psicológicas y hasta un intento de envenenamiento mientras trabajó en la Presidencia de la República en el gobierno de Gustavo Petro, acaba de ganar una tutela relacionada con la continuidad de su esquema de escoltas.

El fallo dictado por el Tribunal Administrativo de Cundinamarca ampara los derechos a la vida e integridad personal de la considerada exmano derecha del expresidente Petro que, posteriormente, se terminó convirtiendo en su rival. La decisión ordena que se restablezca inmediatamente el esquema de protección asignado a Rodríguez, en caso de que con su salida del Fondo Adaptación le hayan retirado sus escoltas.

La decisión también le ordena a la Unidad Nacional de Protección que realice, nuevamente, un estudio de seguridad a la exfuncionaria gubernamental. Y se valore, en consecuencia, si hoy tiene un nuevo nivel de riesgo.

"Se dispondrá que la UNP realice un nuevo estudio de seguridad a la señora Angie Lizeth Rodríguez Fajardo teniendo en consideración que actualmente no se desempeña en el cargo de Gerente del Fondo de Adaptación y establezca las medidas de protección que requiera conforme a ese nuevo estudio de seguridad", señala el fallo. 

"Pero en el entretanto deberán ser restablecidas las medidas de que era objeto conforme a la resolución DGRP 003701 de 23 de abril de 2026 de la UNP a fin de asegurar sus derechos fundamentales invocados en la demanda de acción de tutela, frente a cualquier riesgo", añade la decisión.

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Fragmento de la decisión favorable a Angie Rodríguez.

El contexto

Desde principios de este año, Rodríguez emprendió una cruzada jurídica para asegurar la continuidad del esquema de escoltas que la Unidad Nacional de Protección -UNP- le asignó desde el 23 de abril de 2026, en atención al “riesgo extremo” que encontraron, tras realizarle un estudio de seguridad. Dicho esquema, compuesto por un vehículo blindado, dos escoltas y un chaleco blindado, le fue otorgado como parte de un convenio entre la UNP y la entidad que ella dirigía.

Rodríguez temía que, tras su desvinculación del Fondo Adaptación, su esquema de seguridad fuera inmediatamente desmontado, pues hoy los esquemas de seguridad para los funcionarios del Fondo se financian con recursos de un convenio entre la UNP y el Fondo Adaptación, no por la bolsa de recursos de la entidad del gobierno encargada de proteger a diversos líderes.

Rodríguez fue desvinculada de su cargo, el 31 de julio pasado, por decisión del entonces presidente Gustavo Petro, quien la declaró insubsistente y la tildó de "manipuladora", por haber concedido múltiples entrevistas en las que denunció un rosario de irregularidades que habrían acontecido en el 'Gobierno del cambio'.

Por esa razón, por la supuesta dependencia de su esquema de seguridad con su permanencia en el cargo público, presentó una tutela que, perdió en primera instancia, y que acaba de ser fallada a su favor por el Tribunal Administrativo de Cundinamarca.

El Tribunal recordó que, en abril de este año, la UNP determinó que Rodríguez tenía un riesgo de seguridad extremo y que, por esa razón, la entidad gubernamental debe velar por proteger a la joven exfuncionaria. 

"En el presente, como se observa, la accionante cuenta con medidas de protección vigentes dispuestas por la UNP en relación con las cuales resulta indiferente que se ejecuten a través de un convenio interadministrativo. Lo relevante, que constituye responsabilidad de la UNP, es que dicha entidad estableció un riesgo extraordinario que debe atender", señala el fallo.

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"Por lo tanto, el hecho de que haya sido declarado insubsistente el nombramiento de la solicitante como Gerente del Fondo de Adaptación y que con ello se habría puesto término a las medidas de protección no releva a la UNP de la obligación de atender el riesgo extraordinario que ella misma fijó por un término de 12 meses a partir del 23 de abril de 2026", añade la decisión. 

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