Condenan a la nación por ataque de las Farc a carabineros en Córdoba

El ataque lo perpetró el frente 58 de las Farc, hoy desmovilizadas.

Crédito: Colprensa.

27 Marzo 2024

Condenan a la nación por ataque de las Farc a carabineros en Córdoba

Aunque existía un protocolo para hacer desplazamientos, el grupo fue dividido y se trasladó sin hacer las debidas coordinaciones. El ataque de la guerrilla del 16 de septiembre de 2014 dejó siete policías muertos y varios heridos.

Por: Alejandra Bonilla Mora

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El 16 de septiembre de 2014, un grupo de 14 policías del Escuadrón Móvil de Carabineros (Emcar) viaja de Tierradentro, Cauca, hacia Puerto Libertador, en Córdoba, para darle seguridad a otro grupo de policías que salían trasladados. Cuando pasaban por el corregimiento de Puerto López, fueron emboscados por guerrilleros del entonces frente 58 de las Farc. El saldo del ataque fue de siete policías muertos y varios heridos.

La familia de  John Luis Barrios Mendoza, uno de los patrulleros muertos, demandó a la nación asegurando que el desplazamiento se hizo desconociendo los protocolos de seguridad que se necesitaban para la zona, que era considerada de alto riesgo por alteración del orden público.

El Consejo de Estado condenó a la nación con el argumento de que la muerte de los policías sí fue culpa de la Policía, porque inicialmente lo que debían hacer los uniformados del EMCAR 62 era apoyar actividades de seguridad, y que el comandante del Distrito Especial de Montelíbano dio la orden directa sin la autorización correspondiente, que incluía una coordinación con otras tres unidades de policía.

“Sin ello, el desplazamiento no se podía realizar. Dicha orden se pasó por alto, y, como se advirtió, el entonces comandante del municipio de Montelíbano ordenó el desplazamiento de la Sección 3 del grupo EMCAR 62, sin seguir el trámite que requería el movimiento. Fue tal la desatención que, por esta determinación, el referido uniformado fue sancionado disciplinariamente por la Inspección de la Policía Nacional”, dice el fallo.

“La misión no contó con la autorización del Cosec ni con el acompañamiento de las fuerzas militares”, dice el fallo. Además, el grupo debía desplazarse siempre completo, con sus 40 integrantes, y no fragmentarse en tres, como ocurrió. 

Y aunque el ataque fue ejecutado por las Farc, se responsabilizó a la nación por falla en el servicio, ya que la Policía expuso a sus miembros a un riesgo superior al que debían afrontar.

“Si bien, la arremetida en la que fallecieron el patrullero John Luis Barrios Mendoza y otros seis policías fue perpetrada por terceros, esto es, milicianos del frente 58 de las Farc, lo cierto es que se trataba de un ataque que para la entidad era previsible y resistible. Lo primero, en virtud de los poligramas e informes de inteligencia que alertaban atentados en contra la fuerza pública y, lo segundo, porque existía un plan de marcha, órdenes y consignas que se dictaron para, justamente, evitar, mitigar o disminuir el riesgo de atentados como el que dio origen a este proceso, directrices que fueron desatendidas en su totalidad”, dice el fallo.

El Consejo de Estado ordenó una indemnización en favor de la familia del uniformado.

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