Corte revisará tutela de la Procuraduría que busca revivir sanción a Eduardo Merlano por un recordado caso de "Usted no sabe quién soy yo"

Eduardo Merlano.

Crédito: Colprensa.

25 Marzo 2024

Corte revisará tutela de la Procuraduría que busca revivir sanción a Eduardo Merlano por un recordado caso de "Usted no sabe quién soy yo"

En 2023, el Consejo de Estado tumbó la destitución e inhabilidad para ejercer cargos públicos que le impuso la Procuraduría General en 2012 al exsenador sucreño, famoso por protagonizar un bochornoso episodio en aparente estado de embriaguez. La entidad interpuso una tutela que acaba de llegar a la Corte Constitucional. El caso puede desencadenar un nuevo enfrentamiento por las sanciones que expide la Procuraduría.

Por: Alejandra Bonilla Mora

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En 2012,  Eduardo Carlos Merlano protagonizó un recordado caso de "Usted no sabe quién soy yo". El entonces senador, en aparente estado de embriaguez, presionó a unos agentes de tránsito que lo detuvieron la madrugada del 12 de mayo en Barranquilla. Merlano, en tono amenazante, hizo gala de su fuero. En ese entonces, la Procuraduría sancionó a Merlano por su conducta.

Hoy, 14 años después, la Corte Constitucional seleccionó para su estudio la tutela con la que la Procuraduría General de la Nación busca revivir la sanción de destitución e inhabilidad para hacer política por diez años impuesta en ese entonces a Merlano. 

En 2023, al revisar una demanda que puso Merlano, el Consejo de Estado dijo que ese organismo de control no tenía la facultad para sancionar a Merlano porque, según la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH), solo un juez penal puede afectar los derechos políticos de las personas elegidas por voto popular.

La Procuraduría, sin embargo, presentó una tutela cuestionando esa decisión, argumentando que, cuando Merlano fue destituido, en el país no había duda alguna sobre las facultades de esa entidad, y porque el fallo de la Corte IDH en el caso de Gustavo Petro, que originó esta discusión, apenas se dictó en 2020.

Esa tutela la perdió en el Consejo de Estado. Ahora llegó a la Corte Constitucional, que decidió seleccionar el caso para revisar. Le correspondió a la magistrada Diana Fajardo. ¿Por qué es tan importante que la Corte haya asumido revisar esta tutela? CAMBIO  explica las implicaciones.

Un choque de trenes

El fallo de la Corte IDH en el caso Petro es de 2020. Fue entonces cuando se ordenó al Estado colombiano adecuar la legislación interna para que la destitución e inhabilidad a los elegidos por voto popular solo la pueda hacer un juez penal.

El Congreso optó por hacer una reforma a la Procuraduría y la Corte Constitucional. En 2023, al revisar esa ley, dio un remedio para esta situación: dijo que ese fallo internacional no se aplica de manera automática sino que tiene que armonizarse con las reglas internas y dispuso que la Procuraduría siga sancionando, y que la sanción dictada quede en suspenso hasta que un juez administrativo (no penal, pero juez) revise la actuación de la Procuraduría.

Pero en el Consejo de Estado hay posiciones diferentes entre los magistrados sobre la solución de la Corte Constitucional.  Unos creen que esa revisión posterior es contraria al fallo de la Corte IDH; otros, que deja al sancionado con menos posibilidades de defenderse, y unos más, que la revisión judicial de las sanciones de la Procuraduría solo se puede hacer cuando, en efecto, el sancionado siga en el cargo de elección popular.

En este momento, el Consejo de Estado prepara un fallo en el que, se espera, se zanjen discusiones internas. Se espera que dicho fallo se conozca en pocas semanas.  Aunque no se sabe qué se decidirá, ya se prevé que la Corte Constitucional, aprovechando el caso de Merlano, ratifique su propia decisión que, en palabras sencillas: ha sido burlada por sus colegas del Consejo de Estado.

Cabe recordar que, hasta antes de la discusión del caso Petro, e incluso en su decisión del año pasado, la Corte Constitucional siempre ha ratificado las competencias administrativas de la Procuraduría. Solo en 2023 decidió que había que imponer un paso adicional de revisión de sanciones por parte de un juez. Lo anterior genera preguntas, pues el caso Merlano es de 2012.

¿Puede el Consejo de Estado revertir todas las sanciones que la Procuraduría ha tomado a elegidos por voto (que hayan demandado) sin límite temporal? ¿Qué va a pasar con otros casos similares a los de Merlano? ¿Qué va a decir la Corte Constitucional?

El caso de Merlano no es el único. El año pasado el Consejo de Estado tumbó la destitución que en 2015 la Procuraduría había dictado contra el exgobernador del Valle Juan Carlos Abadía, y una suspensión que se ordenó a Cielo González Villa cuando era alcaldesa de Neiva (2004-2007).

La Procuraduría ya perdió la tutela que presentó buscando revivir la sanción a Abadía. La que presentó en el caso de González está en trámite en el Consejo de Estado. Lo que defina la Corte Constitucional ahora podría aplicar a estos y a muchos aforados más.

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