Consejo de Estado tumba sanción de la Procuraduría contra Rodolfo Hernández

Rodolfo Hernández.

Crédito: Colprensa

11 Marzo 2024

Consejo de Estado tumba sanción de la Procuraduría contra Rodolfo Hernández

El Consejo de Estado declaró la nulidad de una sanción disciplinaria de la Procuraduría en contra de Rodolfo Hernández cuando era alcalde de Bucaramanga.

Por: Redacción Cambio

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El Consejo de Estado declaró la nulidad de la decisión de la Procuraduría que sancionó disciplinariamente con la suspensión en el ejercicio del cargo e inhabilidad especial por ocho meses contra Rodolfo Hernández, exalcalde de Bucaramanga y excandidato presidencial. 

La sanción del Ministerio Público ocurrió porque Hernández golpeó al concejal Jhon Jairo Claro Aréval y, según el concepto del ente disciplinario, incumplió el deber de tratar con respeto y dignidad al cabildante. 

concejal Jhon Jairo Claro Aréval

El Consejo de Estado revocó el fallo del Tribunal Administrativo de Santander, que negó en primera instancia la suspensión de la sanción que interpuso la Procuraduría. El Tribunal argumentó que se trató de una sanción, más no de una suspensión. Por ende, no aplicaba el fallo de la CIDH en el caso Petro Urrego versus el Estado colombiano.

Sin embargo, el Consejo de Estado consideró que el marco normativo con el que fue sancionado Rodolfo Hernández "fue el mismo que la Corte IDH censuró o reprobó en el precedente convencional del caso Petro Urrego versus Colombia" y que "es palmaria la ilegalidad de los actos administrativos acá demandados". 

Así, la decisión del Consejo de Estado declara que el exalcalde de Bucaramanga no está obligado a pagar la multa de más de 95 millones de pesos que se le impuso y, en caso de que Hernández haya realizado el pago, la Procuraduría debe reconocer y pagarle dicha suma. 

Además, le ordenó a la Procuraduría la eliminación en las bases de datos del registro de la sanción impuesta al demandante. 

¿El fallo le da la razón al presidente Gustavo Petro?

El presidente Gustavo Petro ha insistido en que los fallos de la Corte IDH dejan claro que la Procuraduría no puede dejar sin derechos políticos a un funcionario elegido por voto popular. 

Y el alto tribunal señala que "es claro que la normativa colombiana (Ley 734 de 2002) que facultaba a la Procuraduría General de la Nación a destituir e inhabilitar a funcionarios de elección popular estuvo viciada de ilegalidad, desde sus orígenes, por ser contraria a los postulados consagrados en la Convención Americana sobre Derechos Humanos, toda vez que es manifiesta la falta de competencia de una autoridad administrativa para restringir los derechos políticos de aquellos funcionarios que fueron elegidos democráticamente, y a su vez se incumplió el deber de adoptar las disposiciones de derecho interno por parte del Estado colombiano". 

Para el Consejo de Estado es claro que las actuaciones de la Procuraduría en el caso de Rodolfo Hernández "no se ajustaron a la normativa  que regula el ejercicio de los derechos políticos y las garantías judiciales consagrados en la Convención Americana". 

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