Procuraduría: aumenta presión por fallo que se prepara por sanciones a elegidos por voto popular
21 Marzo 2024 12:03 pm

Procuraduría: aumenta presión por fallo que se prepara por sanciones a elegidos por voto popular

Margarita Cabello y Gustavo Petro.

Crédito: Colprensa.

En 2023, la Corte Constitucional dictó que la Procuraduría podía seguir sancionando a elegidos por voto popular, pero dijo que los jueces tienen la última palabra. El Consejo de Estado no ha podido ponerse de acuerdo sobre si cumplirá o no y algunos de los magistrados están tumbando sanciones como pasó con Rodolfo Hernández. El asunto está a punto de explotar. CAMBIO le explica las implicaciones.

Por: Alejandra Bonilla Mora

Entre aquí para recibir nuestras últimas noticias en su WhatsAppEntre aquí para recibir nuestras últimas noticias en su WhatsApp

En este momento se está cocinando una de las decisiones esperadas para este año y que es crucial porque enfrenta tanto al presidente Gustavo Petro con la procuradora Margarita Cabello, como al Consejo de Estado con la Corte Constitucional: Se trata de la revisión de las sanciones que impone la Procuraduría a las personas que ocupan cargos de elección popular como alcaldes, gobernadores o congresistas, que puede llegar incluso a la destitución e inhabilitación de hacer política.

Como se sabe, el presidente Petro tiene el respaldo de la Corte Interamericana de Derechos Humanos que, al fallar a su favor, dijo que solo un juez penal puede hacer esa clase de afectación a los derechos políticos de una persona. Y esa es la idea que ha venido defendiendo para criticar a la Procuraduría desde que era alcalde de Bogotá hasta ahora, ratificando que una autoridad administrativa como la Procuraduría no puede tomar tales decisiones.

La Corte Constitucional dijo en 2023 que ese fallo de la Corte IDH no aplica de manera inmediata en Colombia, sino que es un mandato que debe armonizarse con las normas internas, e hizo un remedio para la situación: la Procuraduría puede seguir sancionando, incluso con destitución, pero esa sanción queda en suspenso hasta que un juez administrativo (no penal, pero juez) la revise.

Aunque se esperaba que ese remedio solucionara el problema, a más de un año de la decisión de la Corte Constitucional la realidad es otra. ¿Por qué? Porque en el Consejo de Estado, que tiene 31 magistrados, hay posturas completamente diferentes sobre si realmente la revisión judicial que creó la Corte es adecuada o no.

Unos piensan que no, que ese remedio en realidad viola ese fallo de la Corte IDH porque los sancionados quedaron con menos opciones para defenderse. Otros dicen que la revisión judicial sí se puede hacer, pero solo cuando la sanción se haya dictado a un alcalde, gobernador, concejal, etc., que esté efectivamente en el cargo. Y mientras unos pelean con otros, la Sección Segunda del Consejo de Estado ha optado por tumbar sanciones dictadas por la Procuraduría hace años, cuando este debate no estaba ni a la vuelta de la esquina.

Así pasó con la sanción dictada a Juan Carlos Abadía, exgobernador del Valle, y a Eduardo Carlos Merlano, exsenador, que habían sido sancionados por la Procuraduría en 2012 y 2015. Esas decisiones desataron la furia de la procuradora Margarita Cabello, quien dijo el año pasado que el Consejo de Estado estaba creando un caos institucional y anunció con bombos que iba a presentar tutelas. Lo que no ha revelado la Procuraduría es que esas tutelas ya las perdió.

A ese escenario se sumó que, hace poco más de una semana, la decisión del Consejo de Estado de tumbar una de las sanciones impuestas a Rodolfo Hernández, exalcalde de Bucaramanga, quien inmediatamente salió a decir que esa sanción le había afectado su aspiración para la Gobernación, y que iba a demandar a la Nación por los daños sufridos.

En esos tres casos el argumento va incluso más allá: se dice que la Procuraduría, por el hecho de ser una entidad administrativa, simplemente nunca tuvo la potestad para destituir e inhabilitar a elegidos por voto. Este argumento podría llevar a que se consideren inanes sanciones dictadas por años por la entidad, incluso cuando no había duda sobre si podía hacerlo o no. Y eso implica, como ya lo anunció Hernández, la posibilidad de que el Estado empiece a ser demandado por los afectados.

Pero también hay una fuerte crítica al Consejo de Estado porque por esta vía está desconociendo una sentencia de la Corte Constitucional, que está en firme, que no es objeto de debate o apelación, y que debería ser cumplida sin reparo alguno por los jueces del país.

Esa crítica también asegura que mientras el Consejo de Estado cuestiona a la Corte, no dice nada sobre el proceso de pérdida de investidura, que si bien lo hacen jueces, no lo adelanta un juez penal, y tiene la capacidad de impedir que una persona se dedique a la política de por vida.

La unificación y los intereses en juego

Ante la multiplicidad de ingredientes que tiene ya esta olla a presión que amenaza con estallar, es importante que haya una solución rápida al problema. Por eso, lo que están esperando los expertos en este tema y los servidores públicos elegidos por voto popular es una decisión unificada de ese alto tribunal que zanje de una buena vez el asunto y en el que siente una postura: si hacen la revisión judicial de las sanciones que dicte la Procuraduría o si se le paran a la Corte Constitucional y deciden que no lo harán.

Esa decisión se prepara en el caso de Esther Jalille, exalcaldesa de Arjona (Bolívar), quien fue suspendida por la Procuraduría cuando ya no estaba en el cargo. Y hasta el momento la Sala Plena del Consejo de Estado está enfrascada en resolver impedimentos que han venido presentado, a cuentagotas, los magistrados. Impedimentos que reflejan los intereses en juego en este caso.

En agosto de 2023 se declararon impedidos y fueron separados del proceso los magistrados Nicolás Yepes (cuya cónyuge trabaja en la Procuraduría) y Fredy Ibarra (cuya esposa es Procuradora Judicial II ante el Tribunal Administrativo de Cundinamarca). El pasado 27 de febrero se aceptó también el impedimento del magistrado Germán Eduardo Osorio Cifuentes (cuyo hermano José Fernando Osorio trabaja como Procurador Judicial II).

Ese día le fue negado el impedimento a la magistrada Stella Jeannette Carvajal Basto, quien tiene una sobrina en el tercer grado de consanguinidad en la Procuraduría; y el del magistrado Omar Joaquín Barreto Suárez quien en el pasado, antes de ser magistrado titular, y como magistrado auxiliar de la Sala de Consulta, emitió concepto sobre este debate, a la hora de responder un cuestionamiento que había elevado la Procuraduría.

En el primer caso se dijo que la relación con la sobrina no tenía la facultad de impedir el buen juicio de Carvajal como jueza en el caso. Y en el segundo se indicó que las opiniones expresadas como magistrado auxiliar “no configuran la causal de impedimento”. La disputa jurídica en el Consejo de Estado es tal, que algunos magistrados como Jaime Enrique Navas se opusieron a esa decisión y dijeron que Barreto sí debía ser apartado del debate.

La inseguridad y los que pagan el pato

Mientras el embrollo jurídico sigue y se espera que finalmente el magistrado Luis Alberto Álvarez Parra presente su ponencia ante la Sala Plena para ser discutida y tomar una decisión definitiva, los casos de sancionados siguen llegando al Consejo de Estado.

Recordemos que la Procuraduría, con las reglas actuales, tiene que enviar al Consejo de Estado para revisión las sanciones que dicte contra elegidos por voto popular, para revisión automática. Y esos procesos avanzan a medias precisamente por la falta de una sola guía sobre qué hacer, y de van mostrando cuáles son las posiciones jurídicas de los magistrados.

Por ejemplo, el pasado 8 de febrero, el magistrado Martín Bermúdez decidió que no va a estudiar la sanción de destitución e inhabilidad impuesta por la Procuraduría al exalcalde de Campoalegre, Huila, Aldemar Gutiérrez Muñoz, porque su interpretación de la sentencia de la Corte Constitucional es que la revisión judicial solo opera a los sancionados que están efectivamente en el cargo.

Así, de hecho, lo dice efectivamente la sentencia de la Corte. De esta forma, a Gutiérrez le queda la posibilidad de demandar la sanción, pero por la vía de siempre: una demanda de nulidad, que fue precisamente el recurso que usó Rodolfo Hernández para tumbar su sanción. El 18 de marzo, el magistrado Bermúdez también dijo lo mismo sobre el caso de Blanca Lucy Agredo Muñoz, alcaldesa de Sotará (Cauca) para el periodo 2012- 2015, con el mismo argumento.

En cola quedan casos de exalcaldes y exconcejales que están en despachos diferentes al del magistrado Bermúdez, por lo que no sabe qué va a pasar. En la Sala Plena del Consejo de Estado hay 27 magistrados (los de la Sala de Consulta no participan en esta decisión), y la postura de Bermúdez es una, mientras que juristas que decían que simplemente esa revisión no se podía hacer en ningún caso, como Gabriel Valbuena, ya salieron del alto tribunal. 

Entre más se demore la decisión, más suspicacia empezará a rondarla, porque además, el Consejo de Estado deberá postular este año a un candidato para reemplazar a Margarita Cabello como procuradora (los otros candidatos los elegirán la Corte Suprema y el presidente de la república). ¿Explotará la olla?

Conozca más de Cambio aquíConozca más de Cambio aquí