Corte ratifica que la Procuraduría sí puede sancionar a elegidos por voto popular y choca con el Consejo de Estado

Corte Constitucional.

Crédito: Colprensa.

12 Septiembre 2024 05:09 am

Corte ratifica que la Procuraduría sí puede sancionar a elegidos por voto popular y choca con el Consejo de Estado

La Corte Constitucional cuestionó al Consejo de Estado que en dos decisiones del año pasado optó por revocar las sanciones de destitución impuestas a Juan Carlos Abadía y Eduardo Merlano. El alto tribunal ratificó que la Procuraduría sí puede destituir a los elegidos por voto. Detalles.

Por: Alejandra Bonilla Mora

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Una vez más, la Corte Constitucional y el Consejo de Estado chocan en el debate que existe sobre si la Procuraduría puede sancionar, incluso con destitución, a los elegidos por voto popular.

Como se sabe, la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) dijo que solo los jueces penales pueden afectar derechos políticos de estos servidores. La Corte Constitucional decidió que ese fallo debía armonizarse con el ordenamiento jurídico colombiano y en 2023 tomó una fórmula intermedia: ratificó que la Procuraduría sí puede sancionar a estos funcionarios y determinó que esas decisiones quedan suspendidas hasta que un juez disciplinario (el Consejo de Estado) revise los expedientes, siendo el juez (no penal, pero juez) el que tiene la última palabra.

Pero el fallo de la Corte Constitucional no se ha aplicado y en el Consejo de Estado hay algunos magistrados que creen que la Procuraduría nunca debió poder sancionar a los elegidos por voto. Con esa tesis, el año pasado, la Sección Segunda del Consejo de Estado tomó dos decisiones que generaron polémica: anuló las destituciones impuestas en 2012 y 2016 al exsenador Eduardo Carlos Merlano Morales y el exgobernador Juan Carlos Abadía Campo, respectivamente.

Esas decisiones fueron polémicas porque, entre otros, cuando la Procuraduría sancionó a Merlano (el del episodio de 'usted no sabe quién soy yo') y a Abadía por vicios en contratos, no había duda alguna sobre las facultades del Ministerio Público. Esto, además, porque el fallo de la Corte IDH que se dictó en el caso de Gustavo Petro (destituido como alcalde de Bogotá) se dictó en 2020.

Por eso, la Procuraduría General insistió y presentó tutelas buscando revivir las sanciones a Merlano y a Abadía. El caso terminó de nuevo en la Corte Constitucional que acaba de fallar a favor de la entidad, ratificando su propia decisión de 2023 y haciendo un llamado de atención al Consejo de Estado por no acatar las decisiones de la Corte.

Con ponencias de las magistradas Diana Fajardo y Natalia Ángel, la Sala Plena dictó dos sentencias de unificación y señaló que el hecho de haber anulado las sanciones disciplinarias implicó que el Consejo de Estado desconociera que "para el momento en el que la Procuraduría ejerció sus competencias, lo hizo amparada por el marco constitucional y legal, así como por las decisiones con efectos de cosa juzgada que validaron su atribución para disciplinar a los servidores públicos de elección popular e imponer las sanciones mencionadas al amparo de la Ley 734 de 2002".

"La Sala Plena también recordó que, con posterioridad a la sentencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos en el caso Petro Urrego contra Colombia, la Corte Constitucional armonizó la protección de los derechos políticos con los principios constitucionales que guían la función pública y la institucionalidad prevista en la Constitución en la sentencia C-030 de 2023, sobre la cual recae el efecto de cosa juzgada y, por lo tanto, debe ser cumplida por todas las autoridades", indicó la Corte.

¿Qué debe hacer ahora el Consejo de Estado?

Ahora bien, el Consejo de Estado deberá volver a fallar los casos de Abadía y Merlano, pronunciándose de fondo sobre los argumentos que estos presentaron para cuestionar las sanciones recibidas, pero dejando en claro que la entidad sí puede emitir ese tipo de sanciones. El magistrado Vladimir Fernández Andrade salvó su voto en las dos sentencias mencionadas.

Este fallo profundiza el choque público que hay entre ambas cortes sobre la aplicación del fallo de la Corte IDH y las facultades de la Procuraduría, justo cuando se espera que el Consejo de Estado emita una decisión que unifique criterios en esa corporación sobre este debate y en medio del proceso de elección del próximo procurador general.

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