ABC de la iniciativa que sanciona la violencia contra la mujer en la política

María José Pizarro y María Fernanda Cabal, dos mujeres líderes en la política.

Crédito: Colprensa - Redes Sociales

5 Febrero 2024

ABC de la iniciativa que sanciona la violencia contra la mujer en la política

El proyecto de ley fue aprobado por el Congreso en 2023 y está en revisión de la Corte Constitucional. Una vez pase ese examen, se convertirá oficialmente en ley. Le contamos de qué se trata.

Por: Redacción Cambio

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En en 2023  el Congreso de la República aprobó una iniciativa que busca prevenir, atender y sancionar la violencia en contra de la mujer en los escenarios políticos. El proyecto debe ser examinado por la Corte Constitucional antes de convertirse oficialmente en ley, dado que se trata de una regulación relacionada con el ejercicio de derechos fundamentales.

¿En qué consiste esta iniciativa? CAMBIO le explica.

La idea de la ley es asegurar que las mujeres puedan ejercer libremente sus derechos en espacios de la vida pública y política, incluidos los procesos electorales. Y hace una caracterización sobre lo que se entiende como violencia contra las mujeres en política.

Según el articulado, se entiende cómo esa violencia a toda acción u omisión que se haga de manera directa o por terceros, tanto en el ámbito público o privado, que esté basada en elementos de género, y que cause daño o sufrimiento a las mujeres en la política o a sus familias.

La definición que incluye la ley dice que se trata de acciones que busquen “menoscabar, restringir, impedir, desestimular, dificultar o anular el reconocimiento, goce y ejercicio de sus derechos políticos (los de las mujeres)”, en el ejercicio de la política.

También precisa que la violencia contra las mujeres en política puede incluir la violencia verbal, la física, la sexual, la psicológica, moral y económica, así como la violencia digital y la simbólica.

En el texto aprobado por el Congreso se caracterizaron cada una de esas violencias. Así, la violencia psicológica se define como las acciones u omisiones de una persona que estén destinadas a degradar y/o controlar los comportamientos o decisiones de las mujeres, tanto por coerción como por acoso, “boicot social”, amenazas, hostigamientos y otro tipo de violencias.

La violencia simbólica se entiende, según la iniciativa, como aquellas acciones recurrentes que terminan reforzando los estereotipos de género “usando imágenes, gestos, comentarios, íconos o signos que reproducen la idea de dominación, desigualdad y discriminación en las relaciones sociales”, así como con los procesos electorales.

La violencia digital se entiende, según este proyecto de ley, como cualquier “manifestación o acto de violencia” contra las mujeres en el ejercicio a la participación política o bien, una acción que afecte de manera desproporcionada ese derecho, y se haga mediante uso de redes sociales, plataformas digitales, correo electrónico, aplicaciones móviles o en internet".

La iniciativa incluye también en actos de violencia las agresiones físicas, los actos discriminatorios, el hostigamiento, la extorsión, el acoso, los tocamientos indebidos, la injuria, la calumnia, la reproducción de mensajes de odio, la restricción de “los canales de comunicación en cualquier medio virtual o físico” a estas mujeres, entre otros.

El proyecto de ley aprobado dice que el Gobierno debe diseñar e implementar las políticas y programas necesarios para promover el derecho de las mujeres a participar en la vida política, lo cual debe pasar por lo siguiente:

-Fortalecer la plataforma Uriel como mecanismo para recopilar denuncias de actos de violencia contra las mujeres en la política, especificando a qué partido pertenece la mujer, su edad, su pertenencia étnico racial, entre otros.

-Llevar un registro anual de los casos de violencia.

-Promover la formación de liderazgos políticos.

-Coordinar con el Consejo Nacional Electoral una instancia de vigilancia, control y seguimiento a esta ley.

El Consejo Nacional Electoral deberá atender y resolver las denuncias que se presenten cuando haya actos de violencia que limiten o impidan el ejercicio de la política de las mujeres y deberá dar traslado a las autoridades como la Procuraduría y la Fiscalía cuando conozca otro tipo de denuncias.

Para ello, el CNE deberá regular internamente procedimientos para atender los casos y deberá fijar lineamientos para los partidos y movimientos políticos a la hora de que cada cual cree marcos regulatorios internos. El CNE podrá poner multas a las organizaciones políticas que omitan o dilaten las investigaciones.

Igualmente, la ley dice que queda prohibida toda propaganda electoral que incite a la violencia por razón de género o cualquier otra acción ilegal similar contra las mujeres que participan en política, entre otros elementos.

La Corte Constitucional, que revisa este articulado antes de que se convierta en ley, puede hacerles ajustes a las definiciones incluidas, eliminar algunas si las considera demasiado amplias e, incluso, puede devolver el texto al Congreso parcial o totalmente. Si no le encuentra mayor reparo, la Corte enviará el texto a sanción presidencial.

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