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Dosis mínima.
Poder

¿Se puede o no se puede consumir la dosis mínima en cualquier parte?

La decisión del Gobierno de tumbar el decreto que permitía decomisar la dosis mínima, despenalizada desde 1994, ha propiciado un amplio debate. CAMBIO habló con Alejandro Matta, el abogado que presentó las demandas que llevaron a la Corte Constitucional a pronunciarse al respecto. Matta, sin embargo, está de acuerdo con la advertencia de la Corte en el sentido de que los concejos municipales regulen en qué lugares públicos se puede consumir y en cuáles no.

Por: Alejandra Bonilla Mora

El Gobierno de Gustavo Petro tumbó el decreto expedido por Iván Duque que permitía a la policía imponer multa al porte de dosis mínima, a pesar de que el porte, el traslado y el consumo de la dosis mínima en el país es legal. A raíz de la polémica que generó esa decisión, CAMBIO habló con Alejandro Matta, el abogado que presentó las demandas que llevaron a la Corte Constitucional a pronunciarse dos veces sobre el consumo de la dosis mínima en espacios públicos.

Primero lo hizo en 2019, cuando la Corte tumbó dos normas del Código de Policía que prohibían consumir tanto bebidas alcohólicas como sustancias psicoactivas, por violar de manera grave el libre desarrollo de la personalidad. Como el Congreso expidió una ley que volvió a prohibir el consumo en lugares públicos, Matta volvió a demandar. La Corte se pronunció una vez más y dijo que sí se puede portar la dosis mínima para consumo propio, así como la dosis medicada, y señaló que la prohibición general es desproporcionada.

En esa decisión, de mayo de 2023, la Corte dijo que los concejos municipales y las asambleas departamentales debían definir de manera expresa en qué parques y en qué áreas del espacio público se podía hacer ese consumo, para que esto no genere riesgos para los menores de edad.

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