Tumban personería jurídica de los partidos de Federico Gutiérrez y Clara López

Federico Gutiérrez y Clara López.

Crédito: Colprensa.

18 Abril 2024

Tumban personería jurídica de los partidos de Federico Gutiérrez y Clara López

La Sección Quinta del Consejo de Estado anuló las personerías jurídicas que el Consejo Nacional Electoral dio al partido 'Creemos' de alcalde de Medellín y de 'Todos Somos Colombia' de la congresista Clara López.

Por: Alejandra Bonilla Mora

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La Sección Quinta del Consejo de Estado anuló la Resolución 2239 de 2023, mediante la cual el Consejo Nacional Electoral otorgó personería jurídica 'Creemos', partido de Federico Gutiérrez, alcalde de Medellín.

Igualmente, el alto tribunal declaró la nulidad de la Resolución 2238 de 2023 que daba personería jurídica a la agrupación política 'Todos Somos Colombia' de la congresista Clara López Obregón.

El caso de 'Fico'

La personería del partido de Gutiérrez fue demanda por Luis Humberto Guidales García. El lío en este caso es que Federico Gutiérrez, cuando se lanzó a la Presidencia de la República junto a Rodrigo Lara Sánchez, no obtuvo los votos suficientes para pasar a segunda vuelta presidencial y, en febrero de 2023, cuando pidió la personería al CNE, dijo que para las elecciones al Congreso se adhirieron a su movimiento las candidaturas de Juan Espinal Ramírez y Paola Holguín, del Partido Centro Democrático.

El CNE reconoció esa personería aplicando una figura de adhesión a otro movimiento político (el Centro Democrático), en esas elecciones. Y eso originó el debate que llegó al Consejo de Estado, pues, supuestamente, los grupos significativos de ciudadanos no podían inscribir candidatos sin antes haber recolectado los apoyos suficientes ni adherir a otra candidatura, por lo que decisión estaría viciada.

La sentencia, cuyo contenido completo aún no se conoce, optó por anular la personería jurídica en una decisión en la que salvó voto la magistrada Gloria María Gómez Montoya.

El caso de López

La personería jurídica del partido de López fue demandada por Ximena Echavarría quien indicó que hubo una irregularidad manifiesta de parte del CNE al reconocer a ese movimiento porque los argumentos que expresó López al hacer la solicitud eran falsos.

Por un lado, porque López fue elegida dentro de la coalición del Pacto Histórico a la que no pertenecía Todos Somos Colombia que en ese momento apenas era una agrupación política, siendo afiliada a Todos Somos Colombia y con un aval de la Unión Patriótica. Según la demandante, en esas condiciones, no se podía pedir el reconocimiento de la personería jurídica.

"El hecho de fundar una coalición de partidos para avalar candidaturas a una elección, sin gozar de la capacidad legal para hacerlo, no puede darle el derecho para que le sea reconocida personería jurídica a la agrupación Todos Somos Colombia como Partido Político, pues la forma como se obtiene una personería jurídica en Colombia tiene unas reglas claras, establecidas en el artículo 108 constitucional, donde se señala que aquella se obtendrá con una votación no inferior al tres por ciento (3 por ciento) de los votos emitidos válidamente en el territorio nacional en elecciones de Cámara de Representantes o Senado, cosa que no sucedió", decía la demanda que estudió el Consejo de Estado. 

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