Golpe para Uribe: su caso continúa
27 Abril 2022

Golpe para Uribe: su caso continúa

Crédito: Foto: Colprensa

La juez determinó que, a la luz de las pruebas recolectadas por la Corte Suprema de Justicia, la Fiscalía no logró demostrar que el expresidente no participó en la comisión de los delitos por los que se le acusa. El juicio sigue.

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El juzgado 28 penal del circuito tomó la tan esperada decisión sobre la preclusión o continuidad del proceso que involucra a Álvaro Uribe Vélez con los delitos de soborno en actuación penal y fraude procesal. En una audiencia que superó las 12 horas de duración, la juez Carmen Helena Ortiz expuso sus consideraciones y dejó entrever las carencias en las que incurrió el fiscal del caso, Gabriel Ramón Jaimes, quien solicitó la preclusión desde que se le asignó el expediente. En su criterio, las razones expuestas no demuestran con certeza y claridad que el expresidente no sabía de las actividades llevadas a cabo por su abogado Diego Cadena y la presión que ejerció sobre exparamilitares para que declararan en favor suyo.

Ortiz, de entrada, explicó que el material probatorio recolectado por la Corte Suprema de Justicia sería tenido en cuenta. Añadió que el momento para controvertir estas pruebas, las cuales han sido catalogadas como ilegales por parte de la defensa de Uribe, ya había quedado atrás y que no se desgastaría en el estudio de su validez. Este punto fue trascendental porque las interceptaciones telefónicas ordenadas por la Corte, especialmente aquellas entre el exmandatario y Cadena, jugaron un papel determinante para las consideraciones que más adelante expuso la juez.

Para profundizar

Para que un proceso precluya, según la ley, debe demostrarse que las causales alegadas son totalmente ciertas y que no existe lugar a dudas sobre su existencia. La defensa del expresidente y la Fiscalía pidieron la preclusión porque, en su criterio, las conductas llevadas a cabo por Uribe no son delito —que en términos jurídicos se denomina atipicidad— y no es posible demostrar que él participó en los crímenes que posiblemente se cometieron. Esta argumentación fue analizada por el despacho que finalmente optó por desestimarla. La togada determinó que existe mérito para que Uribe continúe en un proceso por fraude procesal y soborno en actuación penal.

Ortiz encontró razones de peso para poner en tela de juicio la solicitud de preclusión. 

Por ejemplo, con respecto a Giovanni Cadavid, Elso Mármol y Máximo Cuesta, exparamilitares condenados que aportaron declaraciones favoreciendo al expresidente Uribe en el proceso, la togada cuestionó que la Fiscalía no hubiera llamado a declarar al coronel Germán Ricaurte, entonces director de la cárcel de Combita, lugar en el que estaban recluidos los tres testigos, para averiguar cómo fue que el abogado Diego Cadena les tomó su testimonio. Por el contrario, el fiscal Jaimes les dio total credibilidad a estas declaraciones y dejó de lado los reparos que sobre las mismas había hecho con anterioridad la Corte Suprema. Los magistrados de ese tribunal encontraron que Cadena y Ricaurte se reunieron en la antesala de su visita a la cárcel y que, además, el abogado de Uribe mintió sobre dicho encuentro porque, al ser interpelado, negó que hubiera tenido lugar y luego aseguró que lo había olvidado. Este lapsus de memoria de Cadena no convenció a la juez que señaló que “no resulta creíble (…) porque sería olvidar reunirse con el director de la cárcel que le ayudó a entrevistar a los testigos”.

Para profundizar

En relación con las declaraciones de Juan Carlos ‘el Tuso’ Sierra, las cuales beneficiaban el expresidente, la juez se remitió a la interceptación de comunicaciones entre Cadena y Uribe en donde se evidenciaba que ambos conversaron sobre el testimonio de Sierra y en algún momento se planteó que “quite y ponga lo que quiera” siempre y cuando no afectara sus intereses. De igual forma sucedió con las declaraciones de la condenada exfiscal Hilda Niño, quien ha sostenido que el proceso en contra de Uribe es un complot de la Fiscalía. Un registro de conversaciones entre Niño y Cadena reveló que la primera le solicitó ayuda al abogado para que el INPEC le autorizara un traslado a otro centro de reclusión. Y aunque la exfiscal efectivamente logró su traslado a través de una tutela, la juez aseguró que no es claro qué tanto tuvo que ver el favor que pidió a Cadena con su teoría de la persecución al expresidente.

La concurrencia de los delitos también se analizó a luz de los dos testigos más importantes del caso: Carlos Enrique Vélez y Juan Guillermo Monsalve. La juez reprochó al fiscal solicitar una preclusión sin tener en cuenta las probadas trasferencias económicas que realizó Cadena a personas cercanas a Vélez y que fueron calificadas como “ayuda humanitaria” por el abogado. En criterio del juzgado, estas dádivas ofrecidas por Cadena eran una contraprestación a los testimonios de Vélez y existen indicios para creer que el expresidente Uribe estuvo al tanto de esto. Respecto a Monsalve, la juez mencionó los hallazgos de la Corte, entre los que están las promesas de beneficios jurídicos que hizo Cadena a Monsalve a cambio de su retractación. El abogado se comprometió a ayudarle al condenado exparamilitar con el recurso de revisión de su caso si echaba para atrás su declaración en contra de Uribe y enlodaba al senador Iván Cepeda al acusarlo de un intento de soborno.

Durante todas sus consideraciones, la juez Ortiz desnudó los puntos débiles de la solicitud de preclusión del fiscal Jaimes. En varios apartes de la diligencia, la funcionaria insistió en que el ente acusador pudo haber ejecutado una mejor labor investigativa y resaltó los yerros cometidos. Jaimes, para sorpresa de los demás presentes, anunció que no interpondrá recurso en contra de la decisión adversa y esto implica que el proceso seguirá su curso con el expresidente Uribe en condición de imputado.

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