Ir al contenido principal
photologuephotos2025-01energia_petrojpeg
Gustavo Petro, presidente de Colombia.
Economía

Regular la bolsa de energía: la idea de Gustavo Petro que podría tener el efecto contrario al que busca

El Ministerio de Minas y Energía está trabajando en un decreto que le pone un límite de 5 por ciento a la cantidad de energía que pueden vender en bolsa los generadores hidráulicos y de energías renovables no convencionales. La idea de Petro es proteger a los usuarios de la volatilidad de estos precios. El sector y varios expertos creen que no es buena idea.

Por: Laura Lucía Becerra Elejalde

El sistema energético colombiano no termina de convencer al presidente Gustavo Petro y por eso quiere reformarlo. Es una intención entendible en un país en el que 768.000 personas no tienen energía eléctrica, y más de 5,9 millones viven en municipios con mala calidad de este servicio, según datos del índice de Pobreza Multidimensional Energética, y en el que millones de usuarios, especialmente de la costa Caribe, pagan tarifas exorbitantes en sus facturas de la energía eléctrica.

El presidente dejó pasar meses sin nombrar a los representantes de la Comisión de Regulación de Energía y Gas (Creg), lo que dejó parcialmente inactivo al organismo; también, a inicios de 2023, asumió las funciones de la Creg, una medida que luego tumbó el Consejo de Estado; entre sus planes está presentar una reforma a la ley de servicios públicos y en los últimos meses el Ministerio de Minas le ha apostado a decretos y regulaciones para tratar de bajar el precio de la energía eléctrica que pagan los colombianos.

En días pasados el Ministerio de Minas y Energía publicó un proyecto de decreto con el que buscan ponerle tope a la energía que pueden vender en bolsa los generadores hidráulicos o generadores de energía con fuentes no convencionales de energía renovable, como la eólica, la geotérmica, la solar y la energía de los mares. Actualmente, el porcentaje máximo avalado es de 20 por ciento. Con esta medida pasaría a solo 5 por ciento.

Artículo exclusivo para suscriptores

Suscríbete para acceder a todo nuestro contenido.

Suscribirme
Finalización del artículo

Lea los comentarios

Temas en este artículo

Artículo exclusivo para suscriptores

Suscriptores

Compartir artículo en redes sociales