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La declaración de renta irá hasta octubre. Conozca los plazos que otorgó la Dian este año.
Economía
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Declaración de renta en 2026: ¿quiénes deben declarar, en qué fecha y cuándo vence el plazo?

Los plazos de la declaración de renta van del 12 de agosto al 26 de octubre y dependen de los dos últimos dígitos de su documento. Hay cinco condiciones que lo obligan a declarar, y basta cumplir una sola. Les contamos todos los detalles.

Por: Juan David Cano

La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (Dian) estima que cerca de 7 millones de personas deben presentar este 2026 su declaración de renta, el trámite en el que se le informa al Estado cuánto ganó, cuánto tiene y cuánto gastó durante 2025.

La entidad espera recaudar alrededor de 6,1 billones de pesos por ese impuesto, monto que servirá para financiar obras sociales y servicios como la salud o la educación en el país.

La declaración corresponde al año gravable 2025, es decir, a lo que ocurrió con sus finanzas entre el 1 de enero y el 31 de diciembre del año pasado.

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La Dian estima que cerca de 7 millones de personas naturales deben presentar la declaración de renta del año gravable 2025. Crédito: CAMBIO

Y vale la pena aclarar que declarar no significa necesariamente pagar. Muchas personas quedan obligadas a presentar el documento sin que les resulte impuesto por pagar. Sin embargo, si no lo presentan, las sanciones pueden ser altas.

¿Le toca declarar? Estas son las cinco condiciones

Para saber si está obligado hay que mirar cinco topes. Basta con superar uno solo para tener que declarar. Los montos están fijados en Unidad de Valor Tributario (UVT), una medida que el Estado usa para no tener que reescribir las cifras cada año; para el año gravable 2025 cada UVT equivale a 49.799 pesos.

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Los plazos para declarar van del 12 de agosto al 26 de octubre de 2026 y dependen de los dos últimos dígitos del documento del contribuyente.

Usted debe declarar si en 2025 cumplió alguna de estas situaciones:

  1. Fue responsable del IVA a 31 de diciembre. 
  2. Tuvo un patrimonio bruto superior a 4.500UVT, es decir, que el valor de todos sus bienes supere los 224 millones de pesos
  3. Recibió ingresos brutos iguales o superiores a 1.400 UVT (69,7 millones de pesos).
  4. Compró con su tarjeta de crédito más de 1.400 UVT.
  5. Acumuló compras y consumos totales por encima del mismo tope anterior.
  6. Movió en consignaciones, depósitos o inversiones más de 1.400 UVT en el año.

Esos montos definen quién debe declarar, no cuánto debe pagar. Son dos cosas distintas.

¿Cuándo toca declarar renta? Todo depende de su documento

El plazo para declarar no es igual para todos. Va del 12 de agosto al 26 de octubre de 2026 y la fecha exacta la determinan los dos últimos dígitos del NIT, que para una persona natural corresponden por lo general a los dos últimos números de la cédula.

La Dian aclara que esas son fechas límite, no fechas obligatorias de presentación. Por eso recomiendan declarar antes del vencimiento para evitar contratiempos que puedan terminar en multas o sanciones.

La multa por cada mes de retraso es de 5 por ciento sobre el impuesto a cargo. Y en caso de que la Dian determine que no declaró después de un cierto tiempo, por lo general una vez comience el nuevo ciclo gravable, la multa puede aumentar al 20 por ciento de sus ingresos o consignaciones.

En la imagen encontrarán el calendario completo:

Este es el calendario tributario para la declaración de renta en 2026 según los dos últimos dígitos del NIT. Crédito: DIAN
Este es el calendario tributario para la declaración de renta en 2026 según los dos últimos dígitos del NIT. Crédito: DIAN

Las herramientas que reforzó la Dian para ayudar a los contribuyentes

La Dian insiste en que la gente puede hacer todo el trámite por su cuenta, sin intermediarios.

Para eso habilitó un micrositio de renta que reúne en un solo lugar quién debe declarar, el calendario, los documentos necesarios y tutoriales. También está el programa Ayuda Renta, que arma un borrador de la declaración, y el Avatar Diana, un asistente virtual para resolver dudas.

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El trámite puede hacerse en línea a través del micrositio de renta, el programa Ayuda Renta y el asistente virtual de la DIAN, sin necesidad de intermediarios. Crédito: Pixabay

Aunque hay dos herramientas que merecen explicación porque suelen generar preguntas. La primera es la información exógena: son los datos que bancos, empresas y otras entidades le reportan a la Dian sobre lo que usted ganó, gastó o movió durante el año. Consultarla sirve para no dejar por fuera ingresos o movimientos que la entidad ya conoce.

La segunda es la declaración sugerida: un borrador que la Dian arma con esos datos y le propone al contribuyente. La entidad aclara en su micrositio que no es obligatoria, que funciona solo como orientación y que la responsabilidad de que los datos sean correctos sigue siendo de quien declara. Es decir, conviene revisarla con cuidado antes de aceptarla.

Para quienes prefieren atención personalizada, la Dian también dispone de 62 puntos de atención en el país, con citas para atención presencial o por video.

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