Las diez preguntas frecuentes sobre la reforma pensional de Gustavo Petro

Crédito: Imagen: Colprensa

3 Agosto 2024 04:08 am

Las diez preguntas frecuentes sobre la reforma pensional de Gustavo Petro

Con la firma de la reforma pensional por parte del presidente, los colombianos empiezan a prepararse para la llegada del nuevo régimen y allí aparecen muchas preguntas. CAMBIO responde diez de las dudas más frecuentes sobre el cambio de sistema pensional.

Por: Angélica M. Gómez

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El pasado 16 de julio, el presidente Gustavo Petro sancionó en la Plaza de Bolívar la ley que reforma el sistema pensional a partir de 2025. Mientras el Gobierno define con decretos y resoluciones las reglas que indicarán cómo se aplica la nueva ley, los colombianos buscan quién resuelva sus dudas sobre sus casos personales.

Hay diez preguntas que suelen repetirse tanto en redes sociales como en buscadores en internet y conversaciones con familiares y conocidos. CAMBIO las responde aquí:

¿Cuándo entra en vigencia la reforma pensional?

La ley que aprobó el Congreso estableció que el nuevo sistema pensional empezará a funcionar el próximo primero de julio de 2025, excepto para quienes ya están pensionados o quienes entran en el régimen de transición.

¿Cuáles son los cuatro pilares pensionales?

En el nuevo sistema de pensiones no habrá un régimen privado que compita con el público, sino que estos se complementarán en un sistema dividido en cuatro etapas, organizadas de menor a mayor según la capacidad de ingresos de los colombianos: el pilar solidario, el semicontributivo, el contributivo y el voluntario.

Pilar solidario:

Dedicado a los adultos mayores de 60 años que cotizaron menos de 100 semanas para su pensión o que no pudieron contribuir al sistema. Este será el nuevo Colombia Mayor, pero cubrirá a más personas y con un monto cercano a la línea de pobreza monetaria mensual de cada año.

Pilar semicontributivo:

Atenderá a quienes cotizaron entre 100 y 1.000 semanas al sistema pensional. Una vez que los hombres de este grupo cumplan 65 años y las mujeres 60 años, Colpensiones será la entidad encargada de devolverles en pagos mensuales sus ahorros actualizados según la inflación de los años que hayan pasado más tres puntos porcentuales (3 por ciento) y un subsidio para el pago supere la línea de pobreza monetaria, pero sin que alcance el valor del salario mínimo vigente para el momento.

Pilar contributivo: 

Recibirá los aportes a pensión de todos los trabajadores formales del país y se dividirá en dos segmentos según el nivel de ingresos de cada trabajador. Este pilar también estará encargado de pagarles la mesada pensional mensual a cada jubilado o jubilada del país.

Quienes registren pagos de entre uno y 2,3 salarios mínimos cotizarán para su pensión únicamente en Colpensiones. Quienes perciban ingresos superiores, cotizarán el porcentaje correspondiente a ese nivel de ingreso en la Administradora de Fondos de Pensiones (AFP) de su preferencia.

Pilar voluntario:

Quienes tengan la capacidad financiera para hacer aportes adicionales para su ahorro pensional, podrán hacerlo en su AFP de preferencia tal como sucede en el sistema actual. Cuando sea el momento de la jubilación, la administradora privada le enviará dicho ahorro a Colpensiones para que lo sume con el ahorro obligatorio y lo administre según su expectativa de vida y demás factores que evalúa el sistema.

¿Cómo quedó la reforma pensional para las mujeres?

La ley estableció pocos cambios para las mujeres. Uno de los más importantes es que el sistema de pensiones le descontará 50 semanas de cotización (un año) por cada hijo que tenga, con un máximo de tres hijos, para cumplir el requisito de semanas mínimas cotizadas para obtener la pensión. Es decir, una mujer con 1.150 semanas, con tres hijos y que haya cumplido los 57 años de edad podrá solicitar su pensión.

Además, para quienes queden en el sistema semicontributivo, podrán acceder a un ingreso mensual fijo desde los 60 años, es decir, cinco años antes que los hombres.

¿Qué es el régimen de transición?

Esta es una ventana para respetar la expectativa de pensión y los derechos adquiridos de quienes están cerca de la jubilación cada vez que se hace una reforma al sistema. En este caso, entrarán al régimen de transición los hombres que acumulen 900 semanas cotizadas y las mujeres que acrediten 750 semanas de ahorro. Estas personas tendrán un plazo de dos años para decidir si mantienen las condiciones actuales para su pensión o se acogen al nuevo régimen.

Quienes ya están pensionados no se incluyen ni en el régimen nuevo, ni en el de transición. Es decir, mantendrán las condiciones de su jubilación.

¿A quiénes les aplica la reforma pensional?

A todos los colombianos que el primero de julio de 2025 tengan entre cero y 749 semanas de cotización pensional en el caso de las mujeres y máximo 899 semanas cotizadas en el caso de los hombres.

¿A quienes no les aplica la reforma pensional?

A quienes ya se jubilaron, están en proceso de recibir su pensión o están cobijados con el régimen de transición y deciden mantener las condiciones del régimen pensional decretado por la Ley 100 de 1993.

¿Puedo escoger mi fondo de pensiones?

Con el nuevo régimen pensional, todos los trabajadores estarán obligados a cotizar para la pensión de vejez en Colpensiones. Sin embargo, quienes perciban remuneraciones por su trabajo superiores a 2,3 salarios mínimos, podrán elegir una AFP que administre su ahorro pensional correspondiente al porcentaje de salario que supere el umbral obligatorio de Colpensiones. Quienes puedan acceder al pilar voluntario también podrán elegir el fondo que administre su ahorro adicional.

¿Quién pagará mi pensión?

Cuando llegue el momento de su jubilación, si tiene saldos ahorrados en administradoras de pensiones diferentes a Colpensiones, la administradora privada de pensiones tendrá que enviar a la entidad pública el monto completo de su ahorro más las rentabilidades que haya obtenido.

Con todo su ahorro reunido, Colpensiones será la única administradora encargada de enviarle su mesada pensional.

¿Cuántos años son 1.300 semanas de cotización?

¿Cómo quedarán los aportes voluntarios a pensiones?

Estos aportes seguirán siendo una opción para quienes tengan la posibilidad de hacer un ahorro pensional adicional al obligatorio. Cada cotizante podrá decidir la proporción de su ingreso que se destinará al ahorro adicional, así como la administradora de pensiones que gestionará los recursos. Es decir, hasta el momento este pilar no tendrá cambios frente al sistema actual de pensiones.

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