Reforma pensional: cuáles son los artículos de la discordia
31 Mayo 2023

Reforma pensional: cuáles son los artículos de la discordia

Crédito: Imagen: Colprensa

De los 91 artículos que trae el proyecto de reforma, los ponentes no pudieron ponerse de acuerdo en 17, que irán al primer debate con varias proposiciones de los congresistas o con acuerdos parciales entre los parlamentarios.

Por: Angélica M. Gómez

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La Comisión Séptima de Senado tiene 15 días para citar al primer debate de la reforma pensional y votar para decidir si este proyecto continúa su trámite en el Congreso, con los cambios propuestos en la primera ponencia más los que se aprueben en el debate, o si es rechazado, en cuyo caso tendría que volver a presentarse en la próxima legislatura. 

El principal desacuerdo entre los senadores ponentes de la reforma está en qué tan alto debe ser el umbral de las cotizaciones del pilar contributivo que deben ir a Colpensiones. El Gobierno propuso que sea de tres salarios mínimos, pero algunos senadores proponen que sea de dos salarios mínimos.

Académicos, expertos del sector y hasta el Comité Autónomo de la Regla Fiscal (CARF) han advertido que sería mejor limitarlo a un solo salario mínimo, por sostenibilidad del sistema y equidad; de lo contrario, incluso los trabajadores de altos ingresos recibirían un subsidio de hasta dos salarios mínimos en su etapa de jubilación. 

Esta diferencia hace que tampoco exista un acuerdo sobre el artículo que dice cómo liquidar o calcular el pago de la mesada pensional en el nuevo pilar contributivo.

Tampoco hay un acuerdo sobre la edad mínima para que las mujeres y hombres accedan a los pilares solidario y semicontributivo del que sería el nuevo sistema. El proyecto original proponía que ambos grupos recibieran los beneficios económicos de estos pilares a los 65 años, pero la ponencia lo modificó a 60 años para las mujeres y mantuvo a los hombres en 65 años. Sin embargo, otros congresistas sugirieron que se mantengan las condiciones actuales de los Beneficios Económicos Periódicos (BEPS), es decir, que las mujeres puedan jubilarse con estos pilares a los 57 años, y los hombres, a los 62. 

Así mismo, hay varias propuestas sobre lo que podrían ser los aportes adicionales al sistema por parte de los trabajadores y pensionados de mayores ingresos. El proyecto original proponía que quienes tuvieran salarios desde cuatro salarios mínimos cotizaran 2 puntos porcentuales adicionales, y que quienes recibieran desde 16 salarios mínimos aportaran también 0,2 puntos hasta 17 mínimos; 0,4 puntos adicionales por tener entre 17 y 18 mínimos; de 0,6 puntos por salarios de entre 18 y 19 mínimos; de 0,8 puntos por salarios de entre 19 y 20 mínimos, y de 1 punto porcentual para salarios superiores a los 20 mínimos. 

La ponencia sugiere un punto porcentual para quienes reciben entre cuatro y siete salarios mínimos; de 2,5 puntos adicionales para salarios de entre 7 y 16 salarios mínimos; de 2,7 puntos para ingresos de entre 16 y 17 salarios mínimos, de 2,9 puntos para quienes tienen entre 18 y 19 salarios mínimos de ingreso y de 3 puntos para quienes reporten más de 20 salarios mínimos de sueldo. 

Sin embargo, otros congresistas proponen unificar esos rangos a solo un aporte de entre 1,5 y 1,7 puntos porcentuales adicionales de cotización para quienes tienen salarios superiores a siete mínimos.

Para los aportes que harían los pensionados con pensiones de más de diez salarios mínimos, la ponencia también baja la propuesta de aportes y otros congresistas proponen que este grupo no aporte nada.

Por lo tanto, tampoco hay un acuerdo completo entre los congresistas sobre los aportes de pensionados y cotizantes al fondo de solidaridad pensional de Colpensiones.

El fondo de ahorro de Colpensiones, aunque la ponencia acogió el acuerdo entre el Ministerio de Hacienda y el Ministerio de Trabajo, también es uno de los puntos en los que no lograron ponerse de acuerdo los congresistas. 

Entre los artículos que se acogieron parcialmente está el de principios del sistema, sobre el que la senadora Nadia Blel propuso que se incluya el principio de favorabilidad para que, en caso de duda con las normas del sistema, se aplique la que más favorezca al jubilado o al trabajador. 

También se acoge parcialmente el artículo que establece las características del tramo de prima media del pilar contributivo, es decir, la parte administrada por Colpensiones en dicho pilar. La razón es que algunos congresistas proponen cambios sobre la pensión de garantía mínima, las pensiones de invalidez y sobrevivencia y el reconocimiento de aportes al sistema previos a la reforma. 

En este grupo de artículos acogidos parcialmente también están el de características del pilar solidario y el del pilar semicontributivo por la edad de entrada al programa.

Si los congresistas logran resolver las diferencias sobre el umbral de cotizaciones que se irían a Colpensiones y sobre los aportes adicionales que deberían hacer los colombianos de mayores ingresos, resolverían buena parte de los artículos en los que no tienen acuerdos y avanzarían en la discusión de la reforma. 

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