La Corte Constitucional hizo un llamado de atención a los operadores judiciales para que, cuando se enfrenten a un posible delito sexual, hagan una adecuada tipificación de la conducta. Regañó a la Fiscalía porque no calificó un tocamiento genital como un acto sexual sino solo como "una injuria de vía de hecho". El error llevó a que el caso concreto prescribiera.