Daniel Coronell
23 Octubre 2022

Daniel Coronell

CANCINO VS. CADENA

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El abogado Iván Cancino, cuyos clientes suelen enfermarse del estómago, demolió en un alegato la coartada de uno de sus peores representados. Llevan mucho tiempo tratando de invalidar las interceptaciones a Diego Cadena y Álvaro Uribe –legalmente ordenadas por la Corte Suprema de Justicia– con el argumento de que esas conversaciones no pueden ser usadas como prueba porque están protegidas por la relación abogado-cliente. Si su argumento se impone, eliminarían la evidencia de los favores jurídicos que el autodenominado abogánster ofreció a los testigos Juan Guillermo Monsalve y Carlos Enrique Vélez (a este último además le hizo múltiples pagos en efectivo); y también borrarían las comunicaciones que demuestran que el expresidente autorizó lo que Cadena hacía.

Sin embargo, el doctor Cancino como dice una cosa dice la otra.

En el proceso penal ha sostenido hasta el cansancio que Diego Cadena actuó como abogado del imputado expresidente, aunque jamás hubiera acreditado esa condición ante la Corte Suprema: “Diego Cadena deja claridad que es el abogado de Álvaro Uribe Vélez. Uno que recuerdo claramente es con un señor Hernando Torres de Boyacá donde le dice ‘habla usted con el abogado de Álvaro Uribe’. En otra el analista manifiesta que asesora al senador o al señor Álvaro Uribe Vélez. Tan es así que la misma analista hace un pare y dice ‘preguntemos en la Corte si el señor es el abogado legalmente aprobado por la Corte’”.

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Cancino ha insistido en que no importa que el único poder de representación que le firmó el expresidente a Cadena esté fechado después de los presuntos delitos que prueban las interceptaciones, como si tuviera vigencia retroactiva. Aún más, sostiene la tesis de que el poder es un documento innecesario, incluso escribió recientemente una columna titulada “¿El poder para qué?”. Allí intenta montarle teoría validatoria a que su cliente goza de una especie de licencia para delinquir por ser abogado y que ni siquiera necesita el poder para que sus actuaciones queden cubiertas por ese manto: “Su señoría, no puede hacer carrera que el poder de un abogado tiene que ser escrito o que el poder del abogado solo empieza a operar cuando se radica ante la entidad pertinente”.

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Eso dice Cancino en el proceso penal, pero –y aquí empieza la cómica sorpresa– en uno de los procesos disciplinarios contra Cadena pregunta: “¿Dónde se probó en este juicio que Diego Cadena actuaba como abogado?”. La Comisión Seccional de Disciplina del Valle del Cauca registra en la sentencia que sanciona a Cadena por sus faltas éticas y disciplinarias que su defensor Cancino “adujo que no se estableció el primer criterio básico para proceder a la investigación y posteriormente a la sanción, aduciendo que hay muchas personas que a pesar de tener tarjeta profesional obran como investigadores”.

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O actúa como abogado o no. Las dos cosas no pueden ser ciertas al mismo tiempo. 

El oportunismo judicial de Iván Cancino mereció el reproche de la Comisión de Disciplina: “Llama la atención de la Sala la contradicción de la defensa del Dr. Cadena, pues en audiencia del 28 de marzo de 2022, invocó nulidad porque en la pieza calificatoria se había hecho mención a una grabación entre su cliente y el doctor Álvaro Uribe Vélez, estimando que las conversaciones cliente-abogado tienen la salvaguarda constitucional y legal del secreto profesional. Empero, ya en los alegatos conclusivos el mismo sector de la defensa varió su postura, alegando ahora que su apadrinado no había actuado como abogado en este asunto”.

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Queriendo pasarse de listo, el abogado Cancino arrojó una luz definitiva sobre el verdadero papel de Diego Cadena en este caso. Esta claridad será determinante en el proceso contra el expresidente Álvaro Uribe por los mismos delitos.

Mientras Cancino canta en las redes sociales y reclama aplausos en los medios, su cliente va de mal en peor. Esta es la segunda sanción disciplinaria que recibe este año.

Inicialmente la Comisión Seccional de Disciplina Judicial de Bogotá le suspendió tres años del ejercicio profesional por los ofrecimientos y presiones para lograr una falsa retractación del testigo Juan Guillermo Monsalve. La sentencia determina que Cadena ofendió la dignidad de su oficio y obró de mala fe, actuó fraudulentamente y contra los fines de la justicia.

Esta nueva sentencia de la Comisión Seccional de Disciplina del Valle del Cauca le suspende por 34 meses más la tarjeta profesional de abogado a Diego Cadena y demuestra numerosos pagos suyos al testigo Carlos Enrique Vélez para torcer sus declaraciones a favor del expresidente Álvaro Uribe. Al menos doce de esos pagos llegaron a una trabajadora sexual. 

La justificación que Cadena y Cancino han tratado de darles a esas platas no convenció a los magistrados: “Salta a la vista que los pagos que pretende la defensa hacer ver como viáticos o como ayudas humanitarias, principalmente se dirigieron a las señoras María Helena Vélez, hermana del condenado, y a la señora Daniela Paz, quien en declaración juramentada reconoció que se desempeñaba como trabajadora sexual, y que conoció a Carlos Enrique Vélez por su trabajo”.

Trabajadora sexual

Estas son algunas de las evidencias que el fiscal de bolsillo Javier Cárdenas, comisionado para archivarle el caso al expresidente Uribe, no quiere que el país vea.

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