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Bre-b sistema de pagos
El sistema de pagos inmediatos Bre-B es una iniciativa del Banco de la República que busca facilitar la forma en que los colombianos hacen transacciones. Crédito imagen: CAMBIO.
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Alcaldía de Bogotá se echa para atrás en gravar los pagos con Bre-B por medio de reforma tributaria: ¿era legal y posible?

La Secretaría Distrital de Hacienda confirmó que eliminará del proyecto de reforma tributaria de Bogotá el texto del artículo 25 que permitiría aplicar retención de ICA a los pagos hechos con Bre-B y billeteras digitales.

Por: Juan David Cano

La Secretaría Distrital de Hacienda confirmó que eliminará del proyecto de reforma tributaria de Bogotá el fragmento que abrió la controversia sobre un eventual cobro a los pagos hechos con Bre-B.

El texto en cuestión es el artículo 25 del proyecto, que modifica las reglas sobre agentes y sujetos de retención del impuesto de Industria y Comercio (ICA), el tributo local que pagan quienes ejercen actividades comerciales, industriales o de servicios en la ciudad.

La redacción obliga a las entidades adquirentes o pagadoras a practicar retención de ICA a los contribuyentes que utilicen los instrumentos de pago previstos en el Estatuto Tributario. En ninguna parte menciona a Bre-B, el sistema de pagos inmediatos del Banco de la República que permite transferencias entre bancos y billeteras en segundos. Esa amplitud fue el problema. Expertos advirtieron que la fórmula alcanzaba a las transacciones digitales.

El representante a la Cámara Mauricio Toro fue uno de los primeros en cuestionarlo en redes sociales, y sumó una objeción práctica.

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El texto quedó tan amplio que terminó cobijando a los pagos a través de Bre-B. Crédito: Freepik

"El Art. 25 de su reforma tributaria impone ReteICA a cualquier 'instrumento de pago'", escribió y añadió: "Y siendo una norma local, ¿cómo van a determinar que una transacción por Bre-B se hizo en Bogotá y está gravada?", agregó en el mismo mensaje.

Gabriel Santos, presidente ejecutivo de Colombia Fintech, planteó el reparo en clave de precedente nacional.

"Bogotá está a punto de cometer el mismo error que en su momento intentó cometer el Gobierno Nacional, ampliando las retenciones o los pagos de impuestos a Bre-B", dijo.

La respuesta del Distrito llegó por la cuenta de X de la secretaria de Hacienda, que negó que ese fuera el propósito y sostuvo que el proyecto va en la dirección contraria.

"No vamos a hacer retenciones a las transacciones por Bre-B ni a las billeteras digitales. Es más, queremos eliminar el ReteICA que hoy se les hace a los pequeños comercios cuando reciben pagos con tarjetas débito y crédito", escribió Cadena.

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La Secretaría confirmó que antes planean eliminar el ReteICA de cierto tipo de transacciones, y que correjirán el texto del proyecto. Crédito: Freepik

El beneficio que menciona aplicaría a comerciantes con ingresos brutos anuales inferiores a 1.993 UVT en Bogotá, cerca de 100 millones de pesos. Cadena agregó que agradecía los comentarios que permitieron mejorar la redacción y confirmó a Valora Analitik que se retirará la parte del texto que menciona los instrumentos de pago.

Dos objeciones jurídicas que sobreviven al ajuste: ¿Se podrá en el futuro gravar Bre-B?

Más allá de la redacción, quedó la duda de si alguna vez podrían gravar Bre-B de forma local, pero especialistas consultados por CAMBIO señalan reparos de fondo sobre la competencia misma del Distrito.

Juan Diego Lobo, profesor de Negocios Internacionales, Economía y Gobierno de la Universidad EAN, sostiene que un gravamen a los movimientos de un sistema de pagos nacional excede el alcance de una norma distrital.

"Si se discute, si se aprueba, si se propone un impuesto vía Bre-B, tiene que pasar por Congreso. O sea, lo que es del orden distrital o municipal no puede estar por encima del orden nacional", explica.

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En principio, la Alcaldía no tendría la facultad para establecer cobros de ese tipo a Bre-B.

Su segundo argumento apunta a qué se estaría gravando. El ICA recae sobre ingresos derivados de una actividad económica; una transferencia, en cambio, es un movimiento de liquidez que no necesariamente corresponde a un ingreso gravable.

"El hecho generador es diferente y da pie a diferencias legales que pueden ser importantes", afirma Lobo. El profesor añade un riesgo operativo: sin un mecanismo que distinga el origen de cada transacción, la retención podría recaer sobre transferencias entre personas naturales, de un padre a un hijo, entre hermanos, y no solo sobre pagos a comercios.

Diana Carolina Barreto, profesora de la Facultad de Derecho de la Universidad Católica de Colombia, llega a la misma conclusión por la vía de la naturaleza del instrumento: Bre-B y las billeteras digitales son formas de pago, no actividades gravadas.

"Tendría que primero hacerse también una reforma en el Congreso y no la veo tan cercana", señala.

El episodio replica uno de finales de 2025, cuando el Gobierno nacional propuso una retención sobre transacciones en billeteras digitales y Bre-B y terminó retirándola.

Según el Banco de la República, Bre-B ya registraba 108 millones de llaves y 35 millones de usuarios en el país al 30 de junio de 2026. Una medida de este tipo habría afectado a parte de ese mercado en la capital.

Por ahora, el proyecto de la Alcaldía, denominado Acuerdo por una Ciudad Inteligente, aspira a un recaudo cercano a 1,2 billones de pesos e incluye una tarifa de alumbrado público, beneficios tributarios para grandes inversionistas y alivios para contribuyentes en mora.

Ya tiene ponentes designados y debe superar los debates en el Concejo, donde una reforma similar fue retirada el año pasado.

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