Ir al contenido principal
photologuephotos2023-03embalse_de_hidroituangojpg
Central Hidroeléctrica Ituango, en el norte de Antioquia. Crédito: Colprensa
País
Al día

ANLA le permite a Hidroituango almacenar más agua ante El Niño y suspende restricción impuesta tras la crisis de 2018

La ANLA suspendió de manera transitoria una restricción que regía desde 2019 para que Hidroituango pueda acumular más agua en su embalse ante la llegada de El Niño. La medida llega mientras la empresa enfrenta un proceso sancionatorio activo por incumplir presuntamente la misma regla. ¿De qué se trata?

Por: Carol Tatiana Gómez

La Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA) autorizó este 20 de agosto a Hidroituango almacenar más agua en su represa, ubicada en el norte de Antioquia, ante la llegada del fenómeno de El Niño. La decisión suspende de manera transitoria una restricción que la misma entidad le había impuesto al proyecto en 2018. 

Esa restricción nació después de la contingencia de 2018, cuando el colapso de un túnel de desviación provocó una creciente súbita del río Cauca y obligó a evacuar a miles de personas en los municipios ubicados aguas abajo de la represa.

Hidroituango. Créditos: Alcaldía de Medellín 1

¿Por qué se toma esta medida?

La Resolución firmada el 20 de agosto por la ANLA, le permite a Hidroituango aplicar de manera transitoria la regla de operación que regía antes de 2019. Esa regla anterior no obligaba a la represa a devolver al río Cauca la misma cantidad de agua que recibía. Con esto, Hidroituango puede subir el nivel de su embalse de la cota 408 a la 420, la máxima permitida por su diseño, para almacenar agua antes de que lleguen los meses más secos.

"De manera transitoria y exclusivamente para el manejo de los caudales de descarga del Proyecto Hidroeléctrico Ituango, la aplicación de la regla de operación aprobada mediante la Resolución 1891 del 1 de octubre de 2009 [...] como medida preventiva de preparación frente a las condiciones hidroclimáticas deficitarias observadas y proyectadas, así como ante la alta probabilidad de desarrollo y fortalecimiento del fenómeno de El Niño durante 2026-2027, anunciado por el IDEAM", dice la resolución 002230.

photologuephotos2022-11hidroituangojpg

La ANLA justificó la medida en la alta probabilidad de que el fenómeno de El Niño se fortalezca durante 2026 y 2027, según proyecciones del IDEAM, lo que anticipa una menor cantidad de lluvias y de caudal en la cuenca del río Cauca.

¿Hasta cuándo rige la autorización?

La resolución fija dos condiciones que deben cumplirse en conjunto para que deje de aplicar, y además le pone una fecha límite fija. Según el texto, la autorización "regirá a partir de la ejecutoria de este acto administrativo y se mantendrá vigente hasta que concurran las siguientes condiciones: i) que el IDEAM comunique oficialmente la terminación de las condiciones asociadas al fenómeno de El Niño, y ii) que esta Autoridad Nacional verifique una recuperación sostenida, durante al menos treinta (30) días, de las condiciones de precipitación y del régimen hidrológico de la cuenca del río Cauca hacia rangos normales".

Es decir, no basta con que El Niño termine formalmente, pues la ANLA también debe confirmar, con un mes completo de datos, que el río Cauca volvió a comportarse con normalidad.

Igualmente, la resolución fija un límite que no depende de esas condiciones: "En todo caso, la presente autorización tendrá como fecha máxima de vigencia el 31 de julio de 2027, fecha a partir de la cual cesarán automáticamente sus efectos, aun cuando no se hayan configurado conjuntamente las condiciones señaladas anteriormente". Esto significa que así El Niño se prolongue más de lo esperado, la flexibilización del manejo del embalse no puede extenderse más allá de esa fecha sin una nueva decisión de la ANLA.

La restricción que queda en pausa y su origen en la crisis de 2018

La medida que suspende esta resolución es la contenida en la Resolución 2306 del 22 de noviembre de 2019, que establecía que en épocas de estiaje (cuando un río tiene su nivel de agua más bajo, que en Colombia suele pasar en enero, febrero, marzo, julio, agosto y septiembre) los caudales descargados por Hidroituango debían ser, como mínimo, iguales a los registrados en la estación Olaya, ubicada a la entrada del embalse. En otras palabras: la represa no podía retener agua durante esos meses secos, debía devolver al río la misma cantidad que recibía.

Esa condición la impuso ANLA meses después de la contingencia  del 2018, cuando el colapso de un túnel de desviación represó el río Cauca y, dos semanas después, una descarga súbita de agua, que la empresa no logró contener, destruyó el puente de Pescadero e inundó el corregimiento de Puerto Valdivia. La emergencia llevó a evacuar a miles de personas en los municipios ubicados aguas abajo de la represa, en Antioquia, Córdoba, Sucre y Bolívar.

COLPD_14002.jpeg
Bogotá, 22 de agosto de 2018. Audiencia pública sobre Hidroituango. Créditos: Colprensa

Un juez de control de garantías de Bogotá determinó, más de un año después, que la construcción de ese túnel fue la causa del incidente, y declaró como víctimas a las poblaciones de 19 municipios en cuatro departamentos. La Fiscalía General presentó cargos contra las empresas que conforman la Sociedad Hidroituango. Con la nueva resolución, esa restricción queda suspendida mientras dure la autorización transitoria.

Una decisión basada en cálculos de la propia empresa

La autorización se basa en una modelación hidrológica e hidráulica que Hidroituango le presentó a la ANLA junto con su propuesta. El documento dice que "los supuestos, datos de entrada, parámetros, metodologías, procesos de calibración, resultados y conclusiones" de esa modelación "son de exclusiva responsabilidad del titular", es decir, de Hidroituango.

image.png
Fragmento de la Resolución 002230 de la ANLA. 

Esto significa que la ANLA autorizó la medida con base en el modelo que la propia empresa elaboró, sin que el documento haga referencia a una verificación independiente de esos cálculos por parte de la autoridad ambiental u otro tercero.

Esto coincide con un momento en el que la misma empresa enfrenta un proceso sancionatorio por presuntamente no haber controlado los caudales conforme a la normativa vigente.

Hidroituango tiene un proceso sancionatorio abierto por la ANLA

La ANLA abrió la investigación el 30 de marzo de 2026, después de encontrar que la empresa no habría controlado los caudales descargados aguas abajo de la presa ni garantizado que fueran, al menos, iguales a los registrados en la estación Olaya. 

A esto se suma un cargo por la inundación de 59,82 hectáreas del embalse sin haber realizado antes el aprovechamiento forestal y el rescate de fauna que exige la licencia ambiental.

Hidroituango acumula, en total, 29 procesos sancionatorios ante la ANLA, de los cuales 20 siguen activos.

Finalización del artículo

Lea los comentarios

Temas en este artículo

Artículo de libre acceso

Libre

Compartir en redes sociales