
Reglas para otorgar licencias ambientales deben tener en cuenta el cambio climático: Corte
Al estudiar la demanda, la Corte Constitucional exhortó al Congreso para que expida una regulación sobre los elementos que se deben usar para evaluar los impactos que en materia de cambio climático pueden producir los proyectos, obras y actividades que el Estado autorice.
La Sala Plena de la Corte Constitucional tomó una decisión clave en materia de protección del medioambiente: determinó que las normas que regulan el otorgamiento de licencias ambientales para grandes proyectos extractivos deben tener en cuenta los impactos del cambio climático.
Con ponencia del magistrado Antonio José Lizarazo, la Sala Plena se pronunció sobre una demanda de Dejusticia e Ilex Acción Jurídica en contra del artículo 57 de la Ley 99 de 1993, que regula los estudios de impacto ambiental que deben hacerse antes de aprobar proyectos que afecten el medioambiente.
La Sala Plena acogió la demanda e indicó que estos estudios deben “incluir una evaluación de los impactos en materia de cambio climático”. Antes de esta decisión, los estudios solo pedían un análisis sobre los elementos bióticos (vivos), abióticos (componentes sin vida que afectan a organismos vivos) y socioeconómicos del área en donde se solicita una licencia ambiental.
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