
JEP no debe admitir a paramilitares que fueron “bisagra” con la fuerza pública: Corte Suprema
La Corte Constitucional hizo una audiencia en el trámite de una demanda que cuestiona la posibilidad de que la JEP admita a los paramilitares que tuvieron un rol 'bisagra' con la fuerza pública durante el conflicto. Detalles.
La Corte Constitucional realizó una sesión técnica en el trámite de un debate sobre la figura que creó la Jurisdicción Especial para la Paz para admitir a los paramilitares que sirvieron de ‘bisagra’ entre esa organización ilegal y la fuerza pública. Dicha figura fue la que permitió admitir a Salvatore Mancuso, exjefe paramilitar, en el tribunal de justicia transicional por acciones que hizo en connivencia con la fuerza pública.
Aunque la Corte Constitucional tumbó la admisión de Mancuso, una demanda presentada por un grupo de militares retirados busca que haya un pronunciamiento de fondo sobre la figura en cuestión y así evitar que otros paramilitares puedan entrar a la JEP.
En la audiencia, la presidenta de la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia, magistrada Myriam Ávila, señaló que la JEP solo tiene competencia sobre los desmovilizados de las Farc y algunos agentes del Estado, pero no sobre los paramilitares que se desmovilizaron bajo la Ley de Justicia y Paz. En ese sentido, no se contempló que la JEP pudiera admitir a comandantes paramilitares en tanto hayan integrado funcional y materialmente la Fuerza Pública.
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