La ley ordinaria de jurisdicción agraria pasó en primer debate en comisiones primeras

Martha Carvajalino, ministra de Agricultura.

Crédito: Colprensa.

10 Diciembre 2024 09:12 am

La ley ordinaria de jurisdicción agraria pasó en primer debate en comisiones primeras

El Gobierno le puso mensaje de urgencia y el proyecto avanza rápidamente en el Congreso. Ahora debe enfrentar su discusión en las plenarias de Senado y Cámara. ¿Cuáles son los puntos críticos del proyecto?

Por: Claudia M. Quintero

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Este martes, las comisiones primeras de Cámara y Senado aprobaron la ley ordinaria de jurisdicción agraria, una de las iniciativas claves de la administración de Gustavo Petro, porque reglamenta la ley estatutaria de la Jurisdicción agraria y rural que se aprobó en la legislatura pasada y permite avanzar en la implementación del Acuerdo de Paz. 

La ley ordinaria de jurisdicción agraria pasó en la Comisión Primera de Cámara con 30 votos y en la Comisión Primera de Senado logró 17 votos. 

De acuerdo con la ministra de Justicia, Ángela María Buitrago, se trata de un proyecto fundamental, porque de nada serviría lo que ya se aprobó si no hay una reglamentación para comenzar a implementar. 

La clave de la jurisdicción agraria es la reglamentación

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Ministra de Agricultura, Martha Carvajalino. Foto: Ministerio de Agricultura. 

El articulado define la Jurisdicción Agraria como el nuevo poder que la Constitución les entrega a los jueces para resolver de manera exclusiva y especializada los conflictos agrarios y rurales. En otras palabras, es la vía para solucionar los conflictos de tierras. 

De acuerdo con el Ministerio de Justicia, en esta jurisdicción se podrían resolver conflictos como: definición de derechos sobre predios agrarios, acciones de nulidad agraria sobre los actos de la Agencia Nacional de Tierras (ANT), uso del suelo rural, entre otros. 

Entonces, con la ley ordinaria que pasó en primer debate lo que se hace es establecer las competencias y el funcionamiento de la jurisdicción, así como los principios que rigen las actuaciones judiciales y los mecanismos alternativos de solución de conflictos para la administración de la justicia agraria. 

¿Qué se eliminó y qué se aprobó en el debate? 

En principio, no se eliminó ningún artículo en su totalidad, pero sí se avalaron algunas modificaciones significativas. De manera especial en puntos que calentaron el debate como el artículo 12, que establece las competencias de los jueces agrarios y rurales en primera instancia.

La ministra de Justicia aseguró que se acogieron algunas de las propuestas de los congresistas frente al artículo 12, que es sobre las competencias de los jueces agrarios y rurales. 

De acuerdo con Ángela María Buitrago, se definió que, en los procesos de tierras, “se mantiene la fase administrativa, pero cuando hay oposición o no se esté de acuerdo, los casos se llevarán mayoritariamente vía judicial”

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Discusión de la ley ordinaria de jurisdicción agraria en las comisiones conjuntas. Foto: Senado. 

Eso les generó tranquilidad a sectores de la oposición, como la senadora Paloma Valencia, del Centro Democrático, quien aseguró que al mantener que los procesos de expropiación tengan fase judicial, se elimina el fantasma de la expropiación exprés. 

Por otro lado, el senador Jorge Benedetti, ponente del proyecto, explicó que también se llegaron a varios acuerdos para mejorar la redacción del proyecto. 

Otro de los cambios estuvo en el artículo de permanencia agraria. De acuerdo con la senadora Paloma Valencia, la redacción que estaba en el texto permitía “invadir y quedarse en una tierra”. Con la modificación avalada, se habla de “posesión pacífica, ininterrumpida y pública”.

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