¿El CNE es competente para formular cargos al presidente Petro? Estos son sus argumentos
El presidente de la República, Gustavo Petro.
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Según el Consejo Nacional Electoral, los cargos por financiación prohibida y violación de topes de campaña se imponen también contra el hoy presidente de la república, Gustavo Petro. Esta es la jurisprudencia que citan para argumentar la competencia.
Por: Sylvia Charry
La ponencia del Consejo Nacional Electoral es explícita. La autoridad electoral abre investigación formal y formula cargos por financiación prohibida y por violación de topes de campaña contra el entonces candidato y hoy presidente de la república, Gustavo Petro; su gerente de campaña, Ricardo Roa; los auditores de la campaña María Lucy Soto Caro y Juan Carlos Lemus Gómez; el Movimiento Político Colombia Humana, y el Partido Político Unión Patriótica, que hacían parte de la Coalición Pacto Histórico.
El CNE tomó la decisión -también contra el presidente Petro- con base a un fallo del Consejo de Estado que, en agosto de este año, reiteró que la autoridad electoral es competente para sancionar administrativamente al presidente de la República.
El fallo del Consejo de Estado se dio como consecuencia de que el CNE y la Comisión Legal de Investigación y Acusaciones de la Cámara de Representantes reclamaron la competencia para adelantar la investigación frente a la financiación de campañas de consulta interpartidista y presidenciales del año 2022, primera y segunda vuelta.
La respuesta del alto tribunal fue clara y concisa: le corresponde al CNE adelantar la investigación administrativa sobre la financiación de campañas y decretar las sanciones -exclusivamente administrativas- al hoy presidente de la república, entre otros, pero no puede decretar la pérdida de investidura o del cargo.
El Consejo de Estado dice que su decisión se basa en dos artículos de la Ley Estatutaria 996 de 2005. El primero, el artículo 21, que establece que el CNE puede imponer las sanciones administrativas a que haya lugar al ganador de las elecciones presidenciales, exceptuando, expresamente, la de pérdida del cargo que es de competencia del Congreso de la República.
El segundo, el artículo 19, que dice que el gerente, el tesorero, el auditor y el candidato presidencial responden solidariamente por la oportuna presentación de informes y, en general, por el cumplimiento al régimen de financiación de campañas.
En otras palabras, el CNE toma la decisión de formular cargos al presidente Gustavo Petro porque el Consejo de Estado le dio la competencia de la investigación administrativa, reiterando que sanciones como la pérdida del cargo le competen al Congreso de la República.
El fuero especial del presidente de la república solo se relaciona con investigaciones penales y disciplinarias que deben ser asumidas por la Comisión de Acusaciones. Es decir, sin que ese fuero sea extensivo a las investigaciones administrativas por presunta violación al régimen de financiación de campañas electorales que dan lugar a sanciones de tipo administrativo de competencia del CNE.
¿Cuáles son las sanciones que puede imponerle el CNE a Petro?
Según el fallo del Consejo de Estado, detectar irregularidades en la financiación de las campañas da lugar a las sanciones contenidas en el artículo 21 de dicha la Ley Estatutaria.
Allí, se habla de multas, de congelar los giros respectivos para el desarrollo de la campaña y de imponer la devolución parcial o total de los recursos entregados. Sin embargo, la pérdida del cargo, sanción contemplada en el mismo artículo 21, solo puede ser impuesta por el Congreso de la República.
El presidente Petro y los sectores políticos que lo respaldan han rechazado cualquier tipo de sanción administrativa del CNE y el mandatario ha dicho que se trata de un golpe blando.
¿Qué encontró la ponencia sobre la financiación de la campaña?
El organismo administrativo asegura que la campaña presidencial de la Coalición Pacto Histórico ocultó en sus cuentas más de 5.355 millones de pesos así: siete pagos en primera vuelta que sumarían 3.709 millones de pesos y otros cinco en segunda vuelta por 1.646 millones de pesos. Aquí puede ver las pruebas que tiene el CNE.