Las reclamaciones sumaban 4.2 billones de pesos
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El Consejo de Estado tumbó reclamaciones por mora en las consignaciones de cesantías al magisterio
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El Gobierno celebró la decisión, porque con ella se salvan millonarios recursos públicos. La sentencia no afecta el pago de cesantías a los maestros.
Por: Iván Serrano
El 14 de febrero de cada año es la fecha límite que tienen los empleadores para consignar las cesantías de sus empleados a los respectivos fondos en donde estén afiliados. Esta norma aplica también para los servidores públicos, con excepción de los maestros, ya que ellos tienen un régimen especial.
Para profundizar:
Justamente, invocando el derecho a la igualdad, profesores del país, a través de un grupo de abogados, instauró una serie de demandas reclamando que sus cesantías fueran consignadas en el mismo plazo que los demás trabajadores oficiales.
Al respecto, ha habido decisiones contrarias en varios tribunales. Por tal motivo, los magistrados de la Sección Segunda del Consejo de Estado hicieron un análisis y emitieron un fallo de unificación de sentencias. Los togados encontraron que, al pertenecer los maestros a un régimen especial, la sanción por mora en la consignación de las cesantías en un fondo no es aplicable para ellos.
Esta decisión solo cobija a los docentes afiliados al Fondo Nacional de Prestaciones Sociales del Magisterio (Fomag). Los demás son cobijados por la Ley 50 de 1990, que establece la sanción por mora si no se consignan cesantías antes del 14 de febrero.
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Óscar Sánchez, viceministro de Educación, le dijo a CAMBIO que la decisión del Consejo de Estado era favorable para los intereses de la nación: “La recibimos con satisfacción porque el Gobierno estaba a la expectativa de que está máxima autoridad del derecho administrativo garantizara la protección del patrimonio de la nación. Las demandas que había por este concepto rondaban los 3 billones de pesos".
El viceministro le explicó a CAMBIO que esta decisión no es retroactiva, es decir, a los profesores que demandaron y se les pagó, no tendrán que devolver el dinero. Quienes demandaron, no se les pagó y la contraparte (la Fiduprevisora) no apeló, también recibirán el dinero reclamado. Pero los fallos de segunda instancia que fueron apelados por la Fiduprevisora serán fallados a favor de la nación.
Martha Lucía Zamora, directora de la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado, le dijo a CAMBIO que actualmente hay 51.068 procesos de reclamación por este concepto, y que la decisión le significará al Estado un ahorro cercano a los 4,2 billones de pesos. También, desincentiva la instauración de nuevas demandas.
Para profundizar:
Yobany López, abogado que tiene el mayor número de poderes por estas demandas, le dijo a CAMBIO que recibió la decisión del Consejo de Estado con respeto, e insistió en que los docentes deben ser tratados de manera igual que los demás trabajadores públicos del país.
Este fallo no afecta las reclamaciones que pueden hacer los profesores por la no consignación a tiempo de sus cesantías cuando ellos las reclamen total o parcialmente.