
Ángela María Buitrago, Amelia Pérez, Luz Adriana Camargo y el magistrado Gerardo Botero Zuluaga.
Crédito: Colprensa - Redes Sociales- José Baez
Inadmiten tutela que pedía devolver terna de mujeres para fiscal
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Consejo de Estado le dio tres días al magistrado Gerardo Botero de la Corte Suprema de Justicia para que precise la información aportada en el recurso.

El Consejo de Estado no admitió para su estudio la tutela que el magistrado de la Corte Suprema de Justicia Gerardo Botero Zuluaga presentó en contra de sus colegas de la Corte y el Presidente de la República, Gustavo Petro, que pedía devolver la terna para Fiscal General de la Nación por estar compuesta solo por mujeres.
CAMBIO conoció el documento del magistrado Rafael Francisco Suárez Vargas de la Sección Segunda del Consejo de Estado, a quien le correspondió estudiar esta tutela, en el que le dice al magistrado Botero que debe hacer precisiones a su escrito de tutela en un plazo de tres días, para luego volver a evaluar si admite o no el recurso.
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La razón de ello es que Botero hizo referencia no solo a la decisión del 14 de septiembre pasado en la que la Sala Plena negó una petición ciudadana de devolver la terna, que él sí apoyaba, sino que también mencionó otra del 28 de septiembre sin precisar de qué se trata.
"Se hace necesario requerir al doctor Gerardo Botero Zuluaga para que aclare y/o precise cuál es la decisión adoptada por la Sala Plena de la Corte Suprema de Justicia, el 28 de septiembre de 2023, y exponga las razones por las cuales considera que esta conculca los derechos fundamentales cuya protección solicita", dice el auto de dos páginas.
Como reveló CAMBIO, la tutela del magistrado Botero cuestiona que la Sala Plena de la Corte haya negado esa petición ciudadana diciendo que se le vulnera su derecho al voto por tener que elegir entre tres mujeres.
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"La misma posición que ahora asumo, la hubiese tenido en el evento de haberse integrado una terna de solo hombres, pues del mismo modo se habrían violentado la equidad e igualdad de género", dijo en el recurso que también pide que se suspenda el proceso de elección en la Corte hasta que se estudie de fondo la tutela, en caso de que sea en efecto admitida.
