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Caldas a la Corte: ¿deberían quitarse veto a aguardientes de otros departamentos?
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Caldas es el único departamento que pide tumbar la posibilidad que tienen los entes territoriales de vetar la llegada de aguardientes que se produzcan en otros departamentos. La discusión tiene el trasfondo del veto en Cundinamarca del aguardiente Amarillo de Manzanares. La Corte hará audiencia pública el 7 de octubre. Detalles.
La disputa legal por la venta del aguardiente en Colombia está lejos de enfriarse. El departamento de Caldas es el único que directamente le pidió a la Corte Constitucional que tumbe una ley que les permite a los departamentos prohibir la llegada de aguardiente que se produzca en otros entes territoriales.
Esa facultad de veto está en el artículo 28 de la Ley 1816 de 2016 y se creó como una forma de proteger el aguardiente nacional. Esa es la norma que usó el departamento de Cundinamarca para frenar la llegada del aguardiente Amarillo de Manzanares que produce la Licorera de Caldas.
Pablo Felipe Robledo, exsuperintendente de Industria y Comercio, y quien ha sido abogado de la Licorera de Caldas, demandó ese artículo ante la Corte Constitucional. Como ha venido contando CAMBIO desde mayo, lo que decida el alto tribunal puede cambiar por completo el mercado del aguardiente. El tema ha suscitado tanta atención, que la Corte Constitucional decidió realizar una audiencia pública el próximo 7 de octubre para escuchar al Gobierno, a las licoreras, a los departamentos y a expertos.
¿Qué dice Caldas?
Sin hacer mención del lío con el aguardiente Amarillo de Manzanares, el gobernador de Caldas, Henry Gutiérrez Ángel, asegura que esa posibilidad de vetar un licor por el tiempo de seis años restringe la actividad económica, la iniciativa privada y la libre competencia económica.
Según Gutiérrez, se crea una facultad “desproporcionada e irrazonable” a los gobernadores del país para ejercer un “monopolio rentístico de licores por producción directa o mediante contrato, de imponer salvaguardas a los aguardientes procedentes de territorios fuera de su jurisdicción (de otros departamentos), so pretexto de un posible riesgo de afectación a la industria de licores departamental por un eventual acrecentamiento inesperado de introducción de productos de la misma categoría”.
Para el gobernador Gutiérrez, la posibilidad de veto –que es discrecional del gobernador– no protege realmente la producción local de cada departamento, ya que los entes territoriales podrían beneficiarse de las rentas derivadas de la comercialización de cualquier aguardiente. A esto se suma –dice el mandatario– a que el veto implicaría que un departamento tenga menos fuente de financiación para los servicios de salud y educación.
"Por lo tanto, la facultad de suspender los permisos de introducción del aguardiente en cabeza de los departamentos va en detrimento de la materialización de dichos postulados sociales sobre los cuales prevalece el interés público”, agregó.
Cundinamarca y Antioquia se defienden
El gobernador de Cundinamarca, Jorge Emilio Rey, señaló que se debe proteger el mercado territorial del aguardiente para asegurar las utilidades que genera. Así, dijo que los ingresos por la venta de aguardiente en el departamento entre 2014 y 2023 ascienden a 1,5 billones de pesos y señaló que las utilidades de la Empresa Licorera de Cundinamarca en ese periodo fueron de 230.454 millones de pesos.
“No contar con medidas que permitan la protección del aguardiente local implicaría condenar a la gran mayoría de licoreras departamentales a la extinción y esto no es porque tales empresas sean ineficientes, sino en razón a mecánicas del mercado: les resulta imposible competir con empresas con presupuestos muy superiores”, dijo.
El gobernador Rey también apuntó que, en su criterio, la demanda presentada ante la Corte no cumple los requisitos para emitir un pronunciamiento de fondo y señaló que se parecería estar olvidando que el veto que contempla la ley es para suspender la expedición de nuevos permisos para introducir aguardiente y no afecta a los licores que ya tienen, desde antes, un aval para llegar a otro departamento.
“Se concluye que la norma es constitucional, pues tal artículo no invade la competencia de otros departamentos, pues cada ente territorial ejerce su competencia en su área geográfica y política, sin que otro departamento pueda regular la introducción de aguardiente en su jurisdicción”, dijo.
La Fábrica de Licores y Alcoholes de Antioquia aseguró que hay un elemento para tener en cuenta: que el veto se puede fijar cuando esté bajo amenaza la producción local. Por eso, para dicha licorera, la decisión no es arbitraria ni discriminatoria, sino una medida adecuada para que los departamentos protejan la producción de su aguardiente local.
La licorera dijo que sus ventas estuvieron afectadas, incluyendo la de ron, entre 2018 y 2020, que en 2021 se recuperaron las ventas, pero que solo en 2022 mejoraron con la expedición del veto o salvaguardia que tiene la ley. “Las ventas del aguardiente crecieron 10 millones de unidades, alcanzando los 44 millones de unidades y, para 2023, las unidades vendidas llegaron a 60 millones”, indicó.
Con el aumento de las ventas, dice la licorera, aumentaron las rentas del departamento. Además, señalan que el fortalecimiento del aguardiente antioqueño también ha favorecido la economía local con la contratación de personal.
“La salvaguardia establecida es un mecanismo idóneo para el logro de la finalidad perseguida, proteger la industria pública departamental del aguardiente y los ingresos que estas generan para sectores sociales amparados como la salud y la educación”, agregó.
La SIC, el Gobierno y la Procuraduría
La Superintendencia de Industria y Comercio también le pidió a la Corte Constitucional que deje intacta la norma diciendo que lo que se busca con esta es que “los departamentos aumenten el monto de las rentas y protejan el aguardiente –que producen– como principal fuente de renta del monopolio rentístico de licores, solo, si lo consideran necesario, pues no se trata de una medida de forzosa implementación”.
También indicó que el hecho de que en un departamento no se permita la comercialización de un aguardiente producido en otro ente departamental, “no impide que cada fábrica o industria de licores realice inversiones de tiempo, recursos físicos y económicos para mejorar la calidad de su aguardiente, incluso creando nuevas variedades y marcas”.
“Ejemplo de lo anterior se encuentra en la variedad de aguardientes que actualmente se encuentra en el mercado: sin azúcar, con menos azúcar que el tradicional, sin color, amarillo, rosado. El éxito en la comercialización de algunas de estas variedades ha provocado que otras industrias o fábricas de licores produzcan sus propias versiones y genere una variedad de opciones para los consumidores en su territorio”, dijo la SIC.
El Ministerio de Hacienda considera que la norma no anula el derecho a la libre competencia, ni es injustificada, ni tampoco permite a los departamentos abusar de su posición, por ejemplo, aumentando los precios.
“El ejercicio de la suspensión tampoco faculta al departamento para que disminuya la oferta y calidad de su aguardiente, ni mucho menos insinúa que aquella facultad implique suspender innovaciones tecnológicas en la producción o emplear de la mejor manera los recursos existentes en la producción de aguardiente”, dijo
La Procuraduría también le pidió a la Corte dejar la norma tal y como está al estimar que no es desproporcionada y que se limita a los departamentos que producen aguardiente, sin afectar a todo el país ni a otros licores como el ron o el whisky.
La audiencia en la Corte
En este debate, en la Sala Plena de la Corte Constitucional no estará presente la magistrada Cristina Pardo, quien se declaró impedida.
A la audiencia del 7 de octubre fueron citados Néstor Mario Urrea Duque, director de Apoyo Fiscal del Ministerio de Hacienda; la experta María Cecilia Frasser de la Universidad Externado de Colombia; Didier Tavera, director ejecutivo de la Federación Nacional de Departamentos; Luis Carlos Reyes, ministro de Comercio, Industria y Turismo; Luis Fernando Mejía, director ejecutivo de Fedesarrollo; Juan Alberto Castro, director de la Asociación Colombiana de Empresas Licoreras; el experto Andrés Felipe Trejos; Felipe Serrano, representante de la Asociación Colombiana del Derecho a la Competencia; y Alfonso Miranda de la Universidad Javeriana.
Además, fueron invitados Andrés Julián Rendón, gobernador de Antioquia; Dilian Francisca Toro, gobernadora del Valle del Cauca; Jorge Emilio Rey Ángel, gobernador de Cundinamarca; Henry Gutiérrez Ángel, gobernador de Caldas; Esteban Ramos, gerente de la Fábrica de Licores y Alcoholes de Antioquia; Nicolás Forero, gerente de la Empresa de Licores de Cundinamarca; y Diego Angelillis, gerente de la Industria Licorera de Caldas.
Los invitados deberán responder preguntas específicas que la Corte le envió a cada quien, y que tienen que ver con el funcionamiento del monopolio de licores, del impacto de la medida de veto, las rentas obtenidas, entre otros.