Salvatore Mancuso.
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La JEP no tiene competencia sobre Salvatore Mancuso: Corte Constitucional
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La decisión la tomó la Sala Plena de la Corte Constitucional al resolver un conflicto de competencias entre Justicia y Paz y la Jurisdicción Especial para la Paz.
La Sala Plena de la Corte Constitucional resolvió este jueves el conflicto de competencias entre Justicia y Paz y la Jurisdicción Especial para la Paz en el caso del exjefe paramilitar Salvatore Mancuso Gómez.
Con ponencia de la magistrada Diana Fajardo y con votación 8-1, la Sala determinó que Mancuso debe quedar en manos de Justicia y Paz, mecanismo de justicia transicional al que está sometido desde su desmovilización y en el que le hace falta completar la ruta de reintegración, entre otros elementos.
"En el contexto de la justicia transicional y el juez natural que implicaba la resolución del conflicto, la Sala Plena consideró que en razón del factor personal corresponde a la jurisdicción de Justicia y Paz, la investigación y juzgamiento de personas desmovilizadas de grupos paramilitares (por lo dispuesto por el artículo 16 de la Ley 975 de 2005). En concreto Salvatore Mancuso hizo parte de los mencionados grupos, se desmovilizó a raíz del pacto de Santa Fe de Ralito y fue postulado por el Gobierno Nacional para ser procesado por la Jurisdicción de Justicia y Paz", dijo la Corte.
Cabe recordar que este año Mancuso recibió el visto bueno de la JEP y aceptó su sometimiento como un "sujeto incorporado funcional y materialmente a la fuerza pública al estar en el vértice de una organización paramilitar y servir de bisagra entre dicha organización y la fuerza pública".
Las implicaciones
La decisión de la Corte asegura que ante la JEP solo se pueden someter los que suscribieron el acuerdo de paz, los miembros de la fuerza pública y los terceros que se sometan voluntariamente.
En ese sentido, la consecuencia práctica de la decisión que tomó la Sala Plena es que se quedaría sin piso el sometimiento de Mancuso en la JEP, porque esa jurisdicción no es la que tiene competencia sobre él, sino Justicia y Paz.
La decisión asegura que "la competencia para investigar, juzgar y, si es del caso, sancionar a Salvatore Mancuso Gómez como máximo responsable de violaciones a derechos humanos y violaciones al derecho internacional humanitario es Justicia y Paz".
Esta decisión no tiene recurso alguno, por lo que la JEP tendrá que remitir a Justicia y Paz todos los expedientes contra el exparamilitar.
El magistrado Vladimir Fernández salvó el voto. Por su parte, la magistrada Diana Fajardo Rivera y el magistrado Antonio José Lizarazo Ocampo aclararon su voto.