Crédito: Alcaldía de Santa Marta
¿Cuáles son los cambios más grandes que trae la reforma pensional?
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Tras la sanción presidencial, Colombia estrenará un nuevo sistema de pensiones desde el primero de julio de 2025. Se trata de un esquema de cuatro pilares que reemplazará el aún vigente sistema de dos regímenes. Este será el cambio principal, pero la norma trae otras modificaciones para el país.
Por: Juan David Cano
El pasado 16 de julio, el presidente de la república, Gustavo Petro, sancionó la reforma pensional, una nueva ley que entrará en vigor el primero de julio de 2025.
Esta norma modifica el sistema actual de pensiones en Colombia, que está dividido en dos regímenes: el Régimen de Prima Media (RPM), administrado por Colpensiones, y el Régimen de Ahorro Individual con Solidaridad (RAIS), gestionado por las Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP) privadas.
En este sistema, de momento vigente, los ciudadanos pueden elegir entre los dos regímenes para guardar su ahorro pensional. Sin embargo, el mecanismo generó competencia entre ambos y para evitar esto, la nueva ley los agrupa en un Sistema Unificado de Protección Social Integral para la Vejez, estructurado en cuatro pilares, siendo este el cambio principal de la norma:
Sistema de pilares, el gran cambio de la reforma
Pilar Solidario
El primer pilar es el Solidario, que está diseñado para garantizar una renta básica de 223.800 pesos (correspondiente al umbral de pobreza extrema para 2024) a las siguientes personas:
- Hombres mayores de 65 años, mujeres mayores de 60 años que no contribuyeron al sistema o con menos de 100 semana cotizadas.
- En el caso de los discapacitados, hombres mayores de 55 años y mujeres mayores de 50 años con pérdida de la capacidad laboral igual o superior al 50 por ciento.
Ambos grupos deberán tener condición de pobreza extrema, pobreza o vulnerabilidad según la clasificación del Sisbén, es decir, con niveles hasta el C3.
Pilar Semicontributivo
El segundo pilar es el Semicontributivo, que ofrecerá una renta vitalicia a las personas que, aunque no lograron pensionarse bajo los regímenes actuales, tienen semanas cotizadas en Colpensiones o ahorros en una cuenta individual en una AFP.
- Los hombres mayores de 65 años que hayan cotizado al menos 300 semanas serán elegibles para recibir esta renta.
- Las mujeres mayores de 60 años con hasta máximo 999 semanas cotizadas podrán acceder a la renta.
El monto de la renta se calculará con base a lo que tenga ahorrado la persona sumando un 3 por ciento efectivo anual y un subsidio del 20 por ciento para los hombres y del 30 por ciento para las mujeres sobre el saldo restante.
Pilar Contributivo
El tercer pilar es el Contributivo, que será el corazón del nuevo sistema y afectará a todas las personas afiliadas al viejo sistema de pensiones.
Como ya se mencionó, en el régimen vigente una persona puede elegir con quién dejar su ahorro pensional, sin embargo, bajo este pilar será obligatorio cotizar en Colpensiones si su salario no supera cierto umbral.
- Los aportes hasta los 2,3 primeros salarios mínimos legales mensuales serán administrados obligatoriamente por Colpensiones.
- Los aportes que excedan este umbral serán gestionados por las AFP.
Esta segmentación, según el gobierno, permitirá que los aportes se unifiquen para calcular una única pensión de vejez.
Otro cambio importante que trae la reforma es el rápido reconocimiento de la pensión, que deberá ser procesada en un máximo de cuatro meses tras la solicitud.
Lo que no cambia en el pilar Contributivo es el ajuste en la tasa de cotización para personas que ganen menos de cuatro salarios mínimos. La tasa se mantendrá en el 16 por ciento del ingreso base, donde los empleadores asumirán el 75 por ciento y los trabajadores el 25 por ciento restante.
Sin embargo, aquellos con ingresos iguales o superiores a cuatro salarios mínimos deberán hacer un aporte adicional de 1,5 puntos porcentuales más destinado al Fondo de Solidaridad Pensional, un fondo que busca redistribuir recursos para apoyar a quienes más lo necesitan.
También se establecen contribuciones adicionales para aquellos con ingresos superiores a siete salarios mínimos: "Las personas con ingreso igual o superior a 7 salarios mínimos deberán un aporte de uno punto ocho por ciento (1,8%) adicional sobre su ingreso base de cotización así: de 11 a 19 SMLMV de un 2,5%, de 19 a 20 SMLMV de un 2,8%, y superiores a 20 SMLMV de 3% destinado al Fondo de Solidaridad Pensional de que trata la presente ley".
Pilar de Ahorro Individual Voluntario
Finalmente, está el pilar de Ahorro Individual Voluntario, diseñado para aquellas personas que tienen la capacidad de ahorro y desean mejorar su pensión futura. En este pilar, no se aplicarán las modificaciones de la reforma, lo que significa que los ahorros voluntarios continuarán siendo administrados por las AFP.
Cambios en las semanas de Cotización para madres colombianas
La nueva ley no modifica la edad de pensión, que es 57 años para mujeres y 62 para hombres, sin embargo, sí trae cambios importantes en la reducción en las semanas de cotización para las madres colombianas.
En la norma se establece que las madres que alcancen la edad mínima de pensión pero no logren acumular las semanas necesarias recibirán un bono de 50 semanas por cada hijo que hayan tenido, con un máximo de tres hijos.
Esto les permitirá reducir significativamente el número de semanas requeridas para pensionarse: de 1.300 a 1.150 semanas. Además, cabe recordar que la Corte Constitucional ordenó una reducción progresiva de las semanas de cotización para todas las mujeres en Colombia.
A partir de 2026, las semanas necesarias para pensionarse comenzarán a disminuir progresivamente cada año hasta llegar a 1.000 semanas. Este cambio también se aplicará a los fondos privados. En ese sentido, cuando ocurra la transición, una mujer con tres hijos que no alcanzó todas las semanas requeridas podrá pensionarse con 850 semanas.
Régimen de transición y protección de derechos adquiridos: las personas a las que no les aplicará la reforma pensional
Además de los cambios en la sistema pensional, la reforma introduce un espacio de transición para aquellos afiliados al sistema de pensiones vigente, respetando los derechos adquiridos de quienes están cerca de la jubilación.
El nuevo régimen garantizará que los hombres que cuenten con 900 semanas cotizadas o las mujeres con 750 semanas al primero de julio de 2025, mantendrán los beneficios del sistema anterior, creado bajo la Ley 100 de 1993.
Los derechos adquiridos de los pensionados también serán respetados, asegurando que las personas que ya se han jubilado continúen recibiendo sus pensiones bajo las mismas condiciones.
Además, "se establece un plazo de 2 años para que las personas que, aunque les falte menos de diez años para pensionarse y tengan 750 semanas cotizadas, para el caso de las mujeres, y 900 semanas cotizadas para el caso de los hombres, puedan trasladarse al régimen que más les convenga de Ley 100 de 1993, una vez hayan recibido la doble asesoría", explicó el gobierno.
Auxilio Funerario y pensión de invalidez
Por último, el auxilio funerario es otro aspecto que la reforma regula, estableciendo que será pagado por Colpensiones y que su valor oscilará entre cinco y diez salarios mínimos. Asimismo, las pensiones de invalidez y sobrevivientes permanecerán inalteradas, garantizando que las personas que cumplan con los requisitos actuales continúen recibiendo estos beneficios.