La reforma pensional: ¿cómo quedaría el pago de la mesada pensional?
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El próximo miércoles 22 de marzo será radicada la reforma pensional ante el Congreso. Conozca cómo cambiaría el pago de la mesada pensional.
Por: Redacción Cambio
La reforma pensional será radicada el próximo miércoles 22 de marzo ante el Congreso de la República. El propósito del Gobierno es convertir el sistema a uno de pilares donde no compitan el Régimen de Prima Media (RPM) y el Régimen de Ahorro Individual con Solidaridad (RAIS).
Antes que nada, tenga en cuenta que en la actualidad las personas que cotizan en régimen privado pueden pensionarse con 1.150 semanas si tienen los ahorros necesarios para una pensión de al menos un salario mínimo. En el caso del régimen público, se requieren 1.300 semanas. Además, la edad de pensión depende de si es hombre (62 años) o mujer (57 años).
Aunque los puntos de la reforma pensional podrían cambiar conforme se vaya discutiendo durante los debates del Congreso, los distintos casos para cotizar pensión que se plantean con la iniciativa del Gobierno son los siguientes:
Los cambios propuestos
En dado caso de que una persona llegase a los 65 años con un ahorro pensional igual a entre 150 y 1.000 semanas, con la reforma pensional tendría acceso a los Beneficios Económicos Periódicos (BEPS), lo que se traduciría en recibir un pago menor a un salario mínimo.
Durante su vida laboral, si sus ingresos fuesen menores a un mínimo o trabajase informalmente, con la iniciativa del Gobierno también tendría la posibilidad de cotizar a dichos beneficios periódicos.
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Con la reforma pensional, si usted alcanzara los 65 años y llevara al menos 1.000 semanas cotizadas, tendría la posibilidad de acceder a una pensión anticipada. Para este fin, se calcularía su salario promedio durante los últimos diez años, de cuyo valor se le brindaría el 65 por ciento. No obstante, vale la pena recordar que de dicho dinero se descontarían los aportes de semanas que no hubiese podido cotizar.
Con la iniciativa del Gobierno, en dado caso de que alcanzara la edad de pensión y no contara con 1.300 semanas cotizadas, existirían tres alternativas: que con su pareja sumen semanas y consigan una pensión familiar, que les den un Beneficio Económico Periódico, o tendría que esperar hasta tener 65 años y accedería a la pensión anticipada si completase 1.000 semanas.
Siendo así, vale la pena resaltar que con la reforma pensional no se contemplaría la devolución de saldos de la manera establecida en la actualidad.
Con la iniciativa del Gobierno, al igual que como se maneja hoy, si cotizara sus 1.300 semanas y cumpliera la edad de pensión, podría pensionarse, pero ya no podría elegir entre RPM y RAIS. En dado caso que durante su vida hubiese cotizado debajo de tres salarios mínimos, su promedio salarial de los últimos diez años sería calculado por Colpensiones y recibiría el 65 por ciento de dicho valor.
Y con la reforma pensional, si durante su vida cotizara por encima de tres salarios mínimos, a la mesada brindada por Colpensiones se sumaría el cálculo de una renta mensual adicional que entregaría la Administradora de Fondos de Pensiones (AFP) donde hubiese ahorrado dichos excedentes. Con la iniciativa del Gobierno, la suma de ambos valores sería pagada como una sola pensión por Colpensiones.
Por otra parte, en dado caso de que llegase a los 65 años sin tener ahorros y en situación de pobreza, con la reforma pensional podría acceder a la Renta Básica Solidaria. Este beneficio sería cercano a los 223.000 pesos el próximo año.
Por último, recuerde también que las personas pueden acceder al programa de asistencia social Colombia Mayor. No obstante, este beneficio y la Renta Básica Solidaria no podrían recibirse al tiempo.