Discusión de la reforma a la educación en la Cámara de Representantes.
Crédito: Colprensa.
Gobierno versus oposición: las dos ponencias de reforma a la educación que se debatirán en el Senado
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La coalición de Gobierno decidió radicar una ponencia distinta a la que se había conciliado. Cambio Radical, el Centro Democrático, el Partido Conservador y el Partido de la U también radicaron su propia ponencia con cambios. Abecé de los textos que se debatirán en la plenaria del Senado.
Por: Claudia M. Quintero
La reforma a la educación que presentó el Gobierno tenía su victoria casi cantada. Esto, gracias a un acuerdo del Ministerio de Educación con los partidos de oposición y los independientes. Sin embargo, la Federación Colombiana de Trabajadores de la Educación (Fecode), la Central Unitaria de Trabajadores de Colombia (CUT) y algunos congresistas del Pacto Histórico y de Dignidad no quedaron conformes con los consensos acordados.
Mientras desde el Congreso se alzaban las voces críticas, Fecode convocó a un paro indefinido en contra del proyecto de ley estatutaria de la educación. Aunque el Gobierno fue claro en decir que no retirará el proyecto, las marchas sí llevaron a la ruptura de los acuerdos políticos.
Así, a la plenaria del Senado llegará la ponencia que radicó la coalición de Gobierno y la de Cambio Radical, el Centro Democrático, los conservadores y el Partido de la U. ¿Qué dicen la una y la otra?
En principio, los dos textos son de carácter estatutario y coinciden en mantener las distintas ofertas de educación privada y pública, así como en la autonomía del Servicio Nacional de Aprendizaje (Sena) como entidad ejecutora y rectora de la formación profesional.
De acuerdo con el senador Ariel Ávila, del Partido Alianza Verde, las diferencias se mantienen en tres puntos: “La financiación prioritariamente pública, los temas de educación terciaria y los temas de evaluación docente”.
Los puntos claves de la ponencia del Gobierno
Esta ponencia está firmada por los senadores María José Pizarro, Ariel Ávila, Aida Quincué y Julián Gallo.
Entonces, en el artículo cinco del texto del Gobierno se establece entre los principios del derecho fundamental a la educación, la autonomía escolar y de las instituciones de educación superior. En el segundo caso, se menciona que “se garantiza la autonomía de las instituciones de educación superior de acuerdo con lo dispuesto en la Constitución Política y la ley”.
Además, se habla de una principal financiación de las instituciones de carácter público y de la autonomía del Sena.
“Financiación en instituciones de carácter público. El Gobierno proveerá todos los recursos suficientes y necesarios para garantizar el derecho a la educación en las instituciones educativas de carácter público en todo el territorio nacional. Autonomía del Sena. Se garantiza la autonomía del Servicio Nacional de Aprendizaje, de acuerdo con su naturaleza especial, como entidad encargada de la Formación Profesional Integral de los trabajadores y de la población en general”, reza el articulado.
La ponencia del Gobierno prioriza el fortalecimiento y la inversión de los establecimientos oficiales e instituciones de educación superior públicas. Esto se deja claro en los artículos 7 y 12 del texto.
Además, se hace un foco en que el Estado promoverá el tránsito de la educación media a la educación superior y se elimina el artículo 18, que hacía mención de la educación terciaria.
Así, el “Estado garantizará, financiará y ofrecerá en forma progresiva el derecho fundamental a la educación superior, priorizando el fortalecimiento en la financiación de las instituciones de educación superior públicas estatales de acuerdo con la regulación para este nivel”.
En cuanto al sistema de formación docente, la ponencia del Ejecutivo señala que “el Estado deberá promover y garantizar políticas de formación docente, contemplando la participación activa de los docentes en el diseño y evaluación de estas y reconociendo sus necesidades y experiencias”.
La evaluación docente es uno de los puntos que Fecode criticaba y, frente a esto, el artículo 40 establece que los procesos de evaluación de los profesores “tendrá como finalidad el mejoramiento continuo de las capacidades de las y los maestros y su finalidad no es señalar o retirar al maestro de su labor, e incluye la realización de pruebas técnicas, pedagógicas y reflexivas sobre su práctica y la participación activa de la comunidad educativa, que sean pertinentes y relevantes desde su contexto educativo, la evaluación será una construcción grupal mediada un proceso integrador que identifique las oportunidades de mejoramiento. El proceso de evaluación docente será de carácter obligatorio, según los criterios determinados por el Gobierno nacional y de acuerdo con la normatividad vigente”.
Además, se insiste en que las evaluaciones externas no podrán tener como efecto la desvinculación de estos servidores públicos.
Puntos claves de la ponencia de la oposición e independientes
Los senadores David Luna, Paloma Valencia, Germán Blanco, Alfredo Deluque y Juan Carlos García son los firmantes de este articulado, que propone que la ley se aplique a los distintos niveles de formación, bien sea pública o privada.
Además, hacen énfasis en que el sistema de educación se entienda como “mixto, pluralista, abierto, descentralizado y participativo, integrado armónicamente por sectores, instancias, entidades, establecimientos, instituciones, órganos y demás personas naturales y jurídicas de naturaleza pública o privada, que permitan garantizar la educación durante toda la vida en sus diferentes niveles: inicial, básica, media y terciaria”. Esto quiere decir que se incluye la educación para el trabajo.
A su vez, el principio de autonomía universitaria se describe de la siguiente manera: “Se garantiza la autonomía de las instituciones de educación superior de acuerdo con lo dispuesto en la Constitución Política y la ley. Cada institución de educación superior determinará de manera autónoma en sus estatutos la forma en que serán aplicados estos principios de manera acorde con su naturaleza, su forma de organización y su misión. Ninguna autoridad administrativa, so pretexto de promover, apoyar o garantizar la democratización del Gobierno y gestión de las universidades, podrá invadir esta autonomía”.
Frente a los procesos de evaluación, que es uno de los puntos de discordia, este articulado menciona que “la evaluación docente que defina el Estado será obligatoria. Deberá garantizar el derecho de los estudiantes a una educación de calidad y a la efectiva adquisición de conocimientos, teniendo en cuenta sus contextos. Además, propenderá por el mejoramiento de la educación y las capacidades de los docentes”.
Es decir, que esta ponencia también hace referencia a la autonomía del Sena y a que se deberán garantizar las fuentes de financiación, que son necesarias para “el cumplimiento de su misionalidad y garantizar la gratuidad en la prestación de sus servicios”.
Así las cosas, estas son las dos ponencias del proyecto de ley estatutaria de la educación que serán discutidos en la plenaria del Senado, que se espera y sea el próximo lunes, 17 de junio, según informó el Ministerio de Educación.
Lo cierto es que este proyecto tiene hasta el 20 de julio para estar aprobado o corre el riesgo de hundirse. Además, al ser una ley estatutaria, debe pasar con mayorías.