La Corte le pone la lupa al desplazamiento forzado por tragedias naturales

Avalancha en Mocoa

Crédito: Colprensa

5 Diciembre 2023

La Corte le pone la lupa al desplazamiento forzado por tragedias naturales

Es la primera vez que la Corte Constitucional señala que Colombia debe tener una regulación que contemple medidas para cuando el desplazamiento de la población sea causado por desastres o calamidades públicas.

Por: Alejandra Bonilla Mora

Entre aquí para recibir nuestras últimas noticias en su WhatsAppEntre aquí para recibir nuestras últimas noticias en su WhatsApp

La Corte Constitucional le solicitó al Congreso de la República que, dentro de las dos próximas legislaturas, adopte una regulación que reconozca y atienda el desplazamiento forzado que es causado por desastres y calamidades públicas en el país.

Así lo determinó al estudiar el caso de la comunidad indígena inga musurrunakuna, que se tuvo que desplazar de su territorio en la vereda San Antonio de Mocoa, Putumayo, a unos predios ubicados en otra vereda, a causa de la avalancha ocurrida el 31 de marzo de 2017, que dejó más de 330 personas muertas.

Además, le pidió a la Corte que en seis meses modifique la regulación necesaria para que las políticas de vivienda y de gestión del riesgo de desastres tome en cuenta las diversidades e inequidades de la población étnicamente diferenciada en situación o en riesgo.

"Actualmente las personas y grupos desplazados como consecuencia de desastres no son considerados desplazados, ni son objeto de medidas equivalentes a aquellas víctimas de desplazamiento forzado por el conflicto armado. Pese a lo anterior, el impacto en los derechos humanos con ocasión del desplazamiento forzado por causa de los desastres es innegable. En ese sentido, algunos han destacado el vacío legislativo y de política pública para reconocer esa condición jurídica y brindar un marco de protección adecuado para estas víctimas han cuestionado que la Ley 1523 de 2012 sea adecuada para gestionar y resolver la situación de los 'refugiados ambientales'". dice el fallo.

En ese sentido, la Corte ordenó implementar "respuestas cualificadas para la población étnicamente diferenciada, de tal modo que sus necesidades, problemas y retos particulares no sean objeto de la misma medida generalizada para la población que no pertenece a ningún grupo étnico".

"Para cumplir todo lo anterior, la regulación deberá establecer que (iv) los protocolos de preparación, respuesta y recuperación deben incorporar el diálogo con las autoridades étnicas de las comunidades cuyos miembros hayan sido afectados por desastres o calamidades públicas", dice el fallo.

Con ponencia del magistrado Juan Carlos Cortés, la Corte Constitucional tuvo en cuenta que la comunidad, por causa de un elemento externo que no podía evitar y ante la amenaza a su vida, tuvo que abandonar su vivienda y sus fuentes de trabajo. Eso quiere decir, para el alto tribunal, que se configuran dos elementos claves que tiene la noción del "desplazado interno": uno, la migración para salvar su vida (esta vez de una catástrofe natural) y, segundo, que no cruzó una frontera internacional.

La Corte señaló que el proyecto de vivienda rural del plan de acción específico (PAE) de Mocoa no implementó un enfoque diferencial étnico y que la gestión del riesgo de desastres aplicada en el caso no tuvo en cuenta la condición diversa de la comunidad inga musurrunakuna afectada por la avalancha de Mocoa. Y eso implicó que no se brindara una respuesta diferenciada en la reconstrucción de las viviendas para los miembros de aquella. 

Así mismo, se evidenció la desarticulación entre las autoridades que debían garantizar los múltiples derechos de la comunidad indígena comprometidos a raíz de la emergencia.

El fallo dice que la Unidad Nacional de Gestión del Riesgo y Desastres y la Alcaldía de Mocoa vulneraron los derechos de la comunidad a la participación, a la autonomía y a la consulta previa, ya que no presentaron la solicitud ante la Dirección de la Autoridad Nacional de Consulta Previa del Ministerio del Interior para la discusión de la solución de vivienda de esta comunidad.

Por eso, ordenó, entre otras cosas, hacer el proceso de consulta previa para identificar las necesidades específicas del cabildo inga musurrunakuna damnificados por la situación de desastre en Mocoa de 2017 y adoptar y establecer los planes y proyectos con los cuales se reubicarán las viviendas de sus miembros.

Conozca más de Cambio aquíConozca más de Cambio aquí