¿La SIC sobrepasó sus funciones al imputar a funcionarios de la Registraduría? La lectura de los constitucionalistas

Crédito: Colprensa.

18 Noviembre 2024 09:11 am

¿La SIC sobrepasó sus funciones al imputar a funcionarios de la Registraduría? La lectura de los constitucionalistas

Mientras que el presidente defiende que la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) sí puede imputar a funcionarios de la Registraduría, voces de la oposición afirman que no. Esto dicen los expertos.

Por: Claudia M. Quintero

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Luego de que la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC), bajo la dirección de Cielo Rusinque, imputó cargos a nueve funcionarios de la Registraduría por, presuntamente, desatender unos requerimientos; en el país se reavivó el debate de si este órgano de control tiene las competencias para adelantar tal procedimiento en una entidad pública. 

¿Qué fue lo que ocurrió? Primero, la SIC adelantó una inspección a la Registraduría entre el 12 y el 22 de marzo de 2024. Esto, con el propósito de recaudar información relacionada con el cumplimiento de la normativa en materia de la protección a la libre competencia económica en el marco de la contratación estatal. 

De acuerdo con el órgano de control, los nueve funcionarios no habrían colaborado con la entrega de la información correspondiente en esas inspecciones y, según detalló Cielo Rusinque, todo fue “en cumplimiento de las funciones de la entidad” que ella dirige. 

Cielo Rusinque
Crédito: Colprensa​​​

Todo esto ocurre previo a las elecciones de 2026, periodo en el que la Registraduría será clave. Si bien la SIC ha sido clara en decir que nada tiene que ver con censos electorales, voces distantes al Gobierno insisten en que se trata de un procedimiento peligroso.

El debate por las competencias 

La senadora Angélica Lozano, del Partido Alianza Verde, fue una de las que levantó la voz en contra de la decisión de la SIC y pidió claridad frente a si la Registraduría adelanta alguna actividad comercial. 

Angélica Lozano, Alianza Verde

“(…) Por separación de poderes, el Ejecutivo, el Gobierno, usted y sus funciones delegadas en superintendencias no pueden vigilar órganos de control autónomos e independientes del Ejecutivo, como la Registraduría”, señaló la congresista en sus redes sociales. 

En ese mismo sentido opinaron voces como los congresistas Paloma Valencia, del Centro Democrático; Cathy Juvinao, del Partido Alianza Verde, y Carlos Fernando Motoa, de Cambio Radical. Hasta el exfiscal Francisco Barbosa salió a decir que se trata de un “ataque del Gobierno contra la democracia en el país”. Incluso, El Espectador dedicó un editorial en el que cuestionaron las actuaciones de la SIC frente a la Registraduría. 

El mismo registrador, Hernán Penagos, aseguró en una entrevista en El Tiempo que “no tiene dudas de que la SIC no tiene competencia para investigar a la Registraduría” y que toda la información que le solicitaron, ellos la entregaron. También dijo que son la Fiscalía, la Procuraduría y la Contraloría las entidades que sí tienen competencias para investigar a la entidad electoral. 

Sin embargo, el presidente Gustavo Petro ha insistido en que la decisión de la SIC de imputar cargos a nueve funcionaros de la Registraduría es constitucional y corresponde a las funciones del órgano de control. 

Presidente Gustavo Petro, Cielo Rusinque
Crédito: Colprensa

“¿Por qué algunos sectores políticos y de la prensa, al lado de Barbosa, no quieren que la Superintendencia cumpla su función constitucional en la contratación de la Registraduría? Aquí se explica la función constitucional de la Superintendencia de Industria y comercio”, aseguró el presidente en un trino en su cuenta de X este fin de semana. 

Hay que decir que la SIC es la entidad encargada de proteger la libre competencia, los datos personales y la protección de los derechos de los consumidores en el país, según se detalla en sus labores misionales. Y, de acuerdo con Cielo Rusinque en la W Radio, solo a una persona se le solicitó el celular y que nunca se lo llevaron.

Además, detalló que la investigación fue únicamente en el desarrollo de los procesos de contratación que ellos investigan y que nada tiene que ver con información sobre el censo electoral. 

Las voces de expertos

Para Hernando Herrera, de la Corporación Excelencia para la Justicia (CEJ), si bien la SIC sí tiene funciones claves frente a los procesos de competencia, “es impensable que, en una democracia, un funcionario designado por el presidente pueda tener competencia para afectar el objeto misional de órganos independientes”. 

Es decir, él considera que no se pueden extender esas funciones de la SIC a órganos autónomos e independientes. Además, porque se trata de una funcionaria que es designada por el mismo presidente de la república. 

Por otro lado, Alfredo Beltrán, quien fue magistrado y presidente de la Corte Constitucional, dijo que la clave de las funciones de la SIC está en lo que se investigue. Es decir, si se investiga la relación entre un comerciante que realiza una actividad mercantil y otro que está en la misma actividad comercial y si uno de ellos quebranta las normas, ahí sí entra la SIC. 

De acuerdo con él, una de las preguntas que queda es si esa norma se puede aplicar a funcionarios de una entidad pública, que es lo que ocurre al contratar con Thomas Greg. 

“Lo cierto es que no parece claro que la SIC esté aplicando normas de competencia desleal a unos funcionarios públicos, porque ellos no son comerciantes. Si hay una conducta indebida, la competente para sancionarlos no sería esa SIC, sino —por la calidad de funcionarios públicos— la autoridad disciplinaria”, detalló Beltrán. 

Por otro lado, otro abogado constitucionalista aseguró que, si bien la SIC sí es competente para revisar asuntos de libre competencia, eso aplicaría para quienes son agentes económicos. Es decir, la Registraduría no entraría a ser un agente económico. Lo cierto, dijo, es que las empresas que suelen vincularse con el Estado pueden concentrar los procesos de contratación. 

En ese sentido, el debate no está en que la SIC puede adelantar investigaciones frente al tema de la libre competencia, sino en si puede revisar esos asuntos en entidades autónomas como la Registraduría. 

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